REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 10 de mayo de 2022.
Años: 212º y 163º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos MILAGROS JOSEFINA PALACIOS CALDERÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-,18.684.592, domiciliada en la comunidad de sector pozo nuevo avenida 12 con a calles 13 y 14, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y REYNALDO JOSÉ ALCINA ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-27.492.671, domiciliado en el sector Peguaima final de la calle 23 con avenida Fermín Calderón en Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos: YRMA JOSEFINA MUJICA DE SÁNCHEZ, ALEJANDRA JOSEFINA SÀNCHEZ MUJICA, CARLA PAULINA SÀNCHEZ MUJICA y CARLY CRISTELA SÀNCHEZ MUJICA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.557.358, V-15.769.782, V-19.712.852 y V-19.712.850 respectivamente, en su condición de esposa e hijos del causante CARLOS FEDERICO SÁNCHEZ RIVERO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titulaba la cédula de identidad Nº V-3.708.648, el cual falleció ab-intestato el veinticinco (25) de mayo de 2021, según consta en certificado de defunción signada con el Nº 651-03, folio Nro. 151, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral Unidad Hospitalaria de Registro Civil del municipio San Felipe del Estado Yaracuy, en fecha siete (07) de julio de 2021.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Abg.EGG/Spt/yurianner.-
Exp.4902/2022