REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO YEJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 17 de mayo de 2022
Años: 212º y 163º
Vistas las anteriores actuaciones, relativas a la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana LENNYT LISBET TORRES DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, portadora de la cedula de identidad Nº V- 18.303.895, debidamente asistida en este acto por la abogada Rosleidy Magalys Hernández Suarez, debidamente inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado, bajo el numero 217.387, en el cual solicita el Título Supletorio de mejoras sobre unas bienhechurías ubicada en el Callejón Pirelis, Esquina callejón Juan José caldera de Chivacoa del Municipio Bruzual Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de Ciento Cuarenta y un metros cuadrados con noventa y cuatro centímetros (141,94 m2), con un área de construcción de Ciento cuarenta y seis metros cuadrados, con cincuenta y un centímetros (146,51 m2), según certificado de bienhechurías emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual, de fecha 28/04/2022, ubicada en el Callejón Pirelis, Esquina callejón Juan José caldera de Chivacoa; cuyos linderos y medidas son: NORTE: Callejón Juan José caldera, con una longitud de 21,50 M; SUR: Casa y Solar que es o fue de la Familia Ramírez, con una longitud de 23,15M; ESTE: Casa y Solar que es o fue de María Peralta, con una longitud de 12,00 M y OESTE: Callejón Pireli su Frente, con una longitud de 17,35 M.. Se le dio entrada a la solicitud en fecha dieciséis (16) de mayo de 2022. En fecha Diecisiete (17) de mayo de 2022 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: DEUDELIS COROMOTO VELASQUEZ OVIEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-12.284.295, domiciliada en la calle Juan José Caldera, con Calle Parelis, casa sin número, en la ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y GENESIS VIANGIT VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-21.047.052, domiciliada en El Tamarindo II, con calle Fermín Calderón, casa sin número, de la ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO de mejoras sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de la ciudadana LENNYT LISBET TORRES DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, portadora de la cedula de identidad Nº V- 18.303.895, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Queda excluida expresamente la propiedad del terreno sobre el cual están construidas las bienhechurías antes descritas, por no ser propiedad de la solicitante. Así se decide.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los Diecisiete (17) días del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Sol: Nº 4906-2022
Abg.EGG/Spt/genesis.