REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 05 de octubre de 2022
Años: 212º y 163º
Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana ALMERI JOSEFINA QUIRPA MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-15.484.874, debidamente asistida en este acto por el abogada en ejercicio Fernando Antonio Daza Hernández, quien está inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 175.275, en el cual solicita el Título Supletorio sobre una bienhechuría ubicada en la avenida sucre entre callejón Antonio Ricaute y calle principal, comunidad de Andrés Bello, en Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SIETE CENTÍMETROS (84,07M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Casa que es o fue de familia González, con una longitud de once metros lineales con setenta y cinco centímetros (11,75 ML); Sur: Avenida sucre su frente, con una longitud de once metros lineales con cuarenta centímetros (11,40 ML); Este: Casa que es o fue de Aracelis Álvarez, con una longitud de diecisiete metros lineales con cincuenta centímetros (17,50 ML) y Oeste: Casa que es o fue de Adriana Campos, con una longitud de diecisiete metros lineales (17,00 ML) y está construida sobre un área de terreno Municipal, según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 06-07-2022 que mide CIENTO NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMETROS (199,52 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha veintiséis (26) de septiembre de 2022; y en fecha cinco (05) de octubre de 2022 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas CUSTODIA MARÍA SAMPAYO TEJEDA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-13.313.276, domiciliada en la calle principal y avenida 3 del sector Andrés Bello, ubicada en la ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual estado Yaracuy y ROXANA CAROLINA CAMACHO BRITO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-20.241.922, domiciliada en la comunidad de Andrés Bello, en la ciudad de Chivacoa el Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de la ciudadana ALMERI JOSEFINA QUIRPA MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-15.484.874, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los cinco (05) días del mes de octubre del año dos mil veintidós (2022). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Abg.EGG/Spt/yurianner
Sol: 4955/2022