REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 18 de abril de 2023
Años: 212º y 164º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano CESAR JAVIER TORRES, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-15.483.047, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio Dilimelys Yenay Rea Rea, quien está inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº315.626, sobre una bienhechuría ubicada en calle principal esquina vía agrícola sector Palo Verde Municipio Bruzual, estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de OCHENTA METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES CENTÍMETROS (80,83 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: vía agrícola, con una longitud de treinta y siete metros lineales con ochenta centímetros (37,80 ML); Sur: casa y solar de Cleotilde Escalona, con una longitud treinta y cinco metros lineales con cincuenta centímetros (35,50 ML); Este: calle principal su frente, con una longitud de once metros lineales con treinta centímetros (11,30 ML) y Oeste: terrenos de Pastor Osorio, con una longitud trece metros lineales con treinta centímetros (13,30 ML) y está construida sobre un área de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I), según certificado de Bienhechuría emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 16-03-2023 que mide CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON DIECINUEVE CENTÍMETROS (445,19 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha veintitrés (23) de marzo de 2023; y en fecha dieciocho (18) de abril de 2023 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: WILMARY WENCESLA CAMPOS GUEVARA, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-20.542.894, domiciliada en la calle principal de palo verde en el municipio Bruzual del estado Yaracuy y LUIS ALFREDO GOLLO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-3.810.939, domiciliado diagonal a la capilla de palo verde, en el municipio Bruzual del estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor del ciudadano CESAR JAVIER TORRES, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-15.483.047, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los dieciocho (18) días del mes de abril del año dos mil veintitrés (2023). Años 212° de la Independencia y 164° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) se registró la anterior decisión.

La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba



Abg. EGG/Spt/yurianner
Sol: 5007-2023