REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 26 de abril de 2023
Años: 213º y 164º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana YUNETBSI YOSELIN RODRÍGUEZ QUERALES, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-20.539.664, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio Alexander José Gámez Pérez, quien está inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 140.760, sobre una bienhechuría ubicada en la avenida 10 entre calles 1 y 2, de la comunidad La Lucha, de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS (95,69 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Avenida 11, con una longitud de diez metros lineales (10.00 Ml); Sur: Avenida 10, su frente, con una longitud de diez metros lineales (10.00 Ml); Este: casa y solar que es o fue de Geovani Camacho, con una longitud dieciocho metros lineales con veinticinco centímetros (18.25 Ml) y Oeste: casa y solar que es o fue de Rosmary Sánchez con una longitud de dieciocho metros lineales con veinticinco centímetros (18.25 Ml) y está construida sobre un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI) según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 10-04-2023, que mide CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (182.50 m²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha veinte (18) de abril de 2023; y en fecha primero (26) de abril de 2023, fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas NORIS MARLENE PERALTA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-13.095.312, domiciliada en la avenida 9 con calles 2 y 3 del barrio La Lucha, de la ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y YAMILETH IRENE VELIZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-11.649.334, domiciliada en la avenida 9 con calles 2 y 3 del barrio La Lucha, de la ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de la ciudadana YUNETBSI YOSELIN RODRÍGUEZ QUERALES, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-20.539.664, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, al primer (26) día del mes de abril del año dos mil veintitrés (2023). Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) se registró la anterior decisión.

La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba


Abg.EGG/Spt/juan
Sol: 5010-2023