TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 28 de Abril de 2023
AÑOS: 213º y 164º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos NARVI DEL VALLE REY, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.062.713, residenciada en la Urbanización Nuevo Boraure 01, calle 8, casa Nº 03, Boraure Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, y PAÚL ALMENAR LOBATÓN FUENTES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.514.131, residenciado en la Urbanización Nuevo Boraure 01, calle 8, casa Nº 08, Boraure Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un terreno Propiedad Municipal, el cual posee un área total de terreno de OCHOCIENTOS CUATRENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CUATRO CENTÍMETROS (845,04 Mts2), ubicado en la Avenida Páez, entre calle Nº 18 B y calle Nº19, Buena Vista, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, el cual tiene un área total de construcción de DOSCIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON CHENTA Y UN CENTÍMETROS (219,81 Mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Casa y solar del señor Luis Silvera, SUR: Avenida Páez, ESTE: Casa y Solar de la señora Margarita Durán y OESTE: Avenida Páez. Dichas bienhechurías consiste en una (1) Vivienda de índole particular, con sus anexos, el cual tiene un valor de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000,00), a favor de la ciudadana VANESA ESCALONA RÍOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.388.977, Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
ERWM/VAP/jo
Sol. 647/23