¬¬¬¬ TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Yaritagua, 10 de Abril de 2023.
Años: 212° y l64°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos: JOSÉ PÉREZ, venezolano titular de la cédula de identidad Nº V.- 15.965.367, y EDGAR GUZMÁN, venezolano titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.984.770; este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadano: EMIRO JOSÉ SEGOVIA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V.- 16.881.538, sobre unas bienhechurías que la solicitante dice que ocupa, construidas en un lote de terreno de origen Municipal, ubicado en el asentamiento campesino el Palmar, Sector Barrio Nuevo, vía Las Velas, Yaritagua, Municipio Peña, Estado Yaracuy, con una extensión de terreno de TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA CON NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (35.960,99mts²), aproximadamente; con un área de construcción de TRESCIENTOS SEIS CON TREINTA METROS CUADRADOS (306,30 Mts²); dicho lote de terreno se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: vialidad agrícola las cañadas y tema, SUR: terreno ocupado por la familia Torrellas, ESTE: terreno ocupado por la familia Alvarado López, y OESTE: terreno ocupado por la familia Durán. Devuélvase a la parte interesada, a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 555 del Código Civil.
El Juez Titular;
Abg. Octavio Méndez Mújica
La Secretaria Titular;
Abg. Mariangela Sira
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