TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Yaritagua 14 de Abril de 2023.
Años: 211° y l64°

Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos: KELY DAHYAN GOMEZ MONTES, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº: V- 30.345.424, y NATHALIA DANIELA GONZALEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº: V- 30.042.209, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: RAQUEL MEREDITH SANCHEZ AGÜERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-19.510.529, sobre unas bienhechurías que la solicitante dice que ocupa, construidas en un lote de terreno de origen Municipal, área de terreno de CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (150.00 M2), sobre los cuales el Tribunal otorga Titulo Supletorio sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos que tenga sobre dichas bienhechurías; Ubicada en Pilco Mayo, Sector Vista Alegre Calle 1 “Hugo Chávez” vivienda N°25, Yaritagua Municipio Peña Estado Yaracuy, siendo sus linderos los siguientes: Norte: En línea de (10mts2) con calle 1 “Hugo Chávez” que es su frente, Sur: En línea recta de (10mts2) Liliana Morillo, Este: En línea recta de (15mts2), con vivienda de María Luisa Artigas, Oeste: En línea recta de (15mts2) con vivienda de Norelis Guerra. Consiste en una bienhechurías con las siguientes características: paredes de bloques de adobe, techo de laminas de acerolit, piso de cemento pulido, dos (2) puertas de hierro, cuatro (4) ventanas de madera y aluminio, un corredor construido con techo de acerolit, y pilares de madera y bigas de hiero, una (1) sala, una (1) cocina, un (1) comedor, dos (2) habitaciones, un (1) baño, un (1) pozo séptico y poceta, cercada con estantillo de madera y alambre de púa. Con un área de construcción de Ochenta Metros Cuadrados (80,00.mts). Cuadrados Devuélvase a la parte interesada, a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 555 del Código Civil.

El Juez Titular;

Abg. Octavio Méndez Mújica.

La Secretaria Titular;


Abg. Mariangela Sira.