JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNIICPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
YARITAGUA, 17 DE Abril DE 2023.
Año 212º y 164º
Visto el escrito que antecede, los documentos anexos al mismo y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos: NIEVES COROMOTO CORDERO SALCEDO , venezolana, titular de la cédula de identidad Nº: V- 4.070.353 y WALDEMAR LEWCHENKO PARRA , venezolano, titular de la cédula de identidad Nº: V- 16.973.113 este Tri-bunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autori¬dad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TI¬TULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos: RAFAEL ANTONIO TORRES QUINTANA , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: V-17.320.888, y ANGEL LENIN TORRES QUINTANA Venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N°: V.-.18.546.576 hijos del de Cujus : RITA YDALINDA QUINTANA SUAREZ , quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V-4.454.021, todo ello sin perjuicio de terceros, de iguales o mejores dere¬chos. Déjese copia de esta Providencia.
El Juez Titular
Abg. Octavio Méndez Mújica La Secretaria
Abg. Mariangela Sira
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