Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Años: 213º y 164º
EXPEDIENTE Nº 13.796/23
MOTIVO DIVORCIO (185)-A
SOLICITANTES: KEVIN ANDERSSON CORONA ROJAS Y MARYCRUZ LUCIA AMAYA BONILLA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 25.646.591 y V- 20.541.915, asistida por el Abogado: HECTOR MEDINA inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 238.957.
I
Se inicia el presente procedimiento mediante auto de entrada por ante este Juzgado en fecha 03 de Marzo de 2023, presentada por la ciudadana: KEVIN ANDERSSON CORONA ROJAS Y MARYCRUZ LUCIA AMAYA BONILLA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 25.646.591 y V- 20.541.915, asistida por el Abogado: HECTOR MEDINA inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 238.957, manifestaron que en fecha 31 de Agosto del 2017, contrajeron matrimonio por ante Registro Civil del Municipio Peña, Yaritagua Estado Yaracuy, alego que de la unión no procrearon hijos, en cuanto a los bienes que conforman la Comunidad Conyugal no adquirieron bienes económicos.
Acompañaron a la solicitud Acta de Matrimonio y Copia de la Cédula de Identidad de los solicitantes, las cuales se agregaron a los folios 02 y 05 del expediente.
Recibida la solicitud fue admitida mediante auto de fecha 08 de Marzo de 2023, se acordó citar a la Fiscal Séptimo del Ministerio Público para que emita su opinión con respecto a esta solicitud.
La Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, fue notificada en fecha 30 de Marzo de 2023 y consignada la boleta en fecha 04 de Abril de 2023.
En fecha 30 de Marzo de 2023, la Fiscal Séptimo del Ministerio Público consignó opinión favorable.
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II
Siendo la oportunidad prevista para dictar sentencia, se procede a hacerlo previas las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Del Acta de Matrimonio, cursante al folio 03 se evidencia que los ciudadanos: KEVIN ANDERSSON CORONA ROJAS Y MARYCRUZ LUCIA AMAYA BONILLA, antes identificados, en fecha 31 de Agosto del 2017, contrajeron Matrimonio Civil por ante Registro Civil del Municipio Peña, Yaritagua Estado Yaracuy.
SEGUNDO: De autos se desprende que los solicitantes establecieron su último domicilio conyugal en Callejón A2 frente a la cancha de tenis casa S/(N, Sector Camino Nuevo, de Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, por lo cual este Tribunal es competente para conocer de la presente solicitud, conforme lo dispuesto por el artículo 754 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Del escrito que cursa al folio 08 de este expediente, se evidencia que la abogada EUNICE ADELYN CEDEÑO GARCIA, en su carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, dio su opinión favorable para la disolución del vínculo conyugal, por considerar que se cumplió con todas y cada una de las exigencias de ley, la cual es compartida por este Tribunal.
En mérito de las razones expuestas y por apreciar quien juzga que se encuentran llenos los extremos del artículo 185 del Código Civil, este Tribunal es del criterio que la presente solicitud debe ser declarada con lugar, como se decidirá.
III
DECISION
De acuerdo al análisis efectuado, este Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, basada en el artículo 185 del Código Civil interpuesta por los ciudadanos: KEVIN ANDERSSON CORONA ROJAS Y MARYCRUZ LUCIA AMAYA BONILLA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 25.646.591 y V- 20.541.915. En consecuencia, SE DECRETA LA DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ellos por ante el Registro Civil Municipio Peña, del Estado Yaracuy según acta de matrimonio Nº:152, Folio: 152, del año 2017. Publíquese, regístrese y déjese copia. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Yaritagua, Veinticinco (25) días del mes de Abril de 2023.
El Juez Titular;
Abg. Octavio Méndez Mújica.
La Secretaria Titular;
Abg. Mariangela Sira
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