REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Yaritagua, 03 de abril de 2023
Año 212º y 164°

DEMANDANTE: WILBERTH PASTOR SUAREZ GUTIERREZ (Abg. JOSEFINA RODRIGUEZ
DEMANDADO (A): CARMEN PASTORA GUTIERREZ DE SUAREZ Y NELSON PASTOR SUAREZ
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE Nº: 4139/23

A los fines de resolver la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Comienza la misma con demanda presentada por el ciudadano: WILBERTH PASTOR SUAREZ GUTIERREZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.813.278, asistido en este acto por el abogado: Josefina Rodriguez inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 219.135, contra los ciudadanos: CARMEN PASTORA GUTIERREZ DE SUAREZ Y NELSON PASTOR SUAREZ , venezolanos, mayores de edad, hábil civilmente, titulares de la cedula de identidad Nro. V-7.314.754 y 4.126.868 respectivamente , de este domicilio Municipio Peña Estado Yaracuy, la cual riela al folio 01. Al folio 02 riela documento privado, al folio 03 al 10 rielan anexos. Al folio 11 riela auto de admisión de la presente demanda. Al folio 12 riela Boleta de Citación. Al folio 13 riela Escrito de Contestación de la demanda presentado por los ciudadanos: CARMEN PASTORA GUTIERREZ DE SUAREZ Y NELSON PASTOR SUAREZ asistido por el Abogado: JUAN CARLOS TORRELLAS inscrito en el Inpreabogado bajo el N°:182.537
DECISIÓN
A los fines de dictar sentencia en la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Que en el escrito de Contestación de la demanda los ciudadanos: CARMEN PASTORA GUTIERREZ DE SUAREZ Y NELSON PASTOR SUAREZ, plenamente identificada y asistida de Abogado, conviene en toda y cada una de sus partes en la demanda presentada en su contra por el ciudadano: WILBERTH PASTOR SUAREZ GUTIERREZ , igualmente reconocieron como cierto el contenido del documento que riela al folio 02 del presente expediente y como suyas las firma que lo suscribe la cual aparece al pie del documento y es la que usan en todo sus actos públicos y privados ante un documento de compra venta privado que versa sobre todos los derechos sobre unas bienhechurías, consistentes en un inmueble el cual se encuentra ubicado en la calle 03 casa nro.11 urbanización Tricentenaria Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, siendo sus linderos Norte. Con 8 mts la calle 03 su frente , Sur: con 8 mts con casa 02 de la vereda 06 su fondo. Este: con 21.40 mts con la casa nro. 09 de la calle 03 su lateral y Oeste, con 21.40 mts con la vereda 05 su lateral. Estas bienhechurías le pertenecen a los demandados según documento protocolizado ante el Registro Subalterno de Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy en fecha 19 de mayo del 2017 quedando anotado bajo el numero 2017-494, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el Nro465.20.7.2.3347 y correspondiente al Libro de folio real del año 2017 en consecuencia este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy . ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano: WILBERTH PASTOR SUAREZ GUTIERREZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.813.278, asistido en este acto por el abogado: Josefina Rodriguez inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 219.135, contra los ciudadanos: CARMEN PASTORA GUTIERREZ DE SUAREZ Y NELSON PASTOR SUAREZ , venezolanos, mayores de edad, hábil civilmente, titulares de la cedula de identidad Nro. V-7.314.754 y 4.126.868 respectivamente , de este domicilio Municipio Peña Estado Yaracuy DECLARA: RECONOCIDO el instrumento privado que riela al folio 02 del presente expediente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Yaritagua, 03 de Abril de 2023. Año 212º y 164º.
El Juez
Abg. Octavio Méndez Mújica
La Secretaria
Abg. Mariangela Sira