REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, once (11) de agosto de dos mil veintitrés (2023)
213° y 164°
EXPEDIENTE Nº JSA-2023-000521.-
Con vista a la diligencia presentada en diez (10) agosto del presente año, por el abogado OSWALDO SALCEDO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cedula de identidad N° V-5.244.609, inscrito en el Instituto de Prevision del Abogado bajo el N° 199.149, apoderado judicial de la ciudadana MIRIAN MARÍA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° V-14.797811; mediante la cual solicita: “(...) originales que cursan en los folios 05 ft y vuelto, el 28 frente y vuelto, y copia certificada del 30, fte y vuelto al 37 y 57 fte y vuelto 67 fte y vuelto (…)”; este Juzgado Superior Agrario, acuerda lo solicitado y ordena el desglose de los documentos consignados junto al escrito de solicitud, así como, la devolución de dichos documentos a la parte solicitante, los cuales rielan del folio cinco (05) al veintiocho (28); dejando en su lugar las copias fotostáticas previamente certificadas; asimismo, ordena expedir por Secretaría, copias certificadas de los folios treinta (30) al folio treinta y siete (37) y del folio cincuenta y siete (57) al folio sesenta y siete (67) y vueltos, contentivos en el presente asunto. Todo ello a tenor de lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil Venezolano. Expídase y Certifíquese. Cúmplase.-
LA JUEZA SUPERIOR,
ABG. DANIMAR CHIQUINQUIRA MOLERO ANDRADE
EL SECRETARIO,
ABG. ALY ALCIDES TORREALBA SALAZAR
EXPEDIENTE Nº JSA-2023-000521.
DCMA/AATS/ja.