REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 22 de Agosto de 2023
AÑOS: 213º y 164º
ASUNTO: UP11-V-2023-000336
Parte Actora: La ciudadana HISIS GISET RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedulas de identidad 12.079.789 domiciliada en la urbanización Arístides bastidas avenida 10 y 12 con calle 07 San Pablo Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, solicita la colocación familiar a favor de la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),
de Nueve (09) años de edad asistido por el abogado Osmar José Klemm
Parte Demandada: ciudadano MARCOS TULIO ORTEGA venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 14.709.738
MOTIVO: Colocación familiar (provisional).
Vista la anterior demanda solicitada por la ciudadana HISIS GISET RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedulas de identidad 12.079.789 domiciliada en la urbanización Arístides bastidas avenida 10 y 12 con calle 07 San Pablo Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, solicita la colocación familiar a favor de la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de Nueve (09) años de edad asistido por el abogado Osmar José Klemm en contra del ciudadano MARCOS TULIO ORTEGA venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.709.738 La solicitante manifiesta que en fecha 19-02-2023 falleció en el Hospital Doctor Pacido Daniel Rodríguez Rivero su hija la ciudadana GENESIS GERALDINE RANGEL, progenitora de la niña de auto la cual ha asumido el cuidado por todo este tiempo, así mismo hace de su conocimiento que el padre de la niña el ciudadano MARCOS TULIO ORTEGA, titular de la cedula de identidades Nº 14.709.738 desde hace tres años se encuentra fuera de país a fin de buscar una mejor calidad de vida actualmente se encuentra radicado en chile , por cuanto quien juzga considera necesario e indispensable tomando en cuenta el derecho que tienen los niños de autos a ser protegido de manera integral debido a su corta edad y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, y en acatamiento al principio del Interés superior de las niñas de auto, principio de interpretación y aplicación de esta ley, que es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a los Niños, Niñas y Adolescentes, dirigido a asegurar el desarrollo integral así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, siendo en este caso lo aconsejable, proteger al niño de autos y brindarle un ambiente lleno de afecto y comprensión así mismo cubrir todas sus necesidades tanto materiales como afectivas; en consecuencia de conformidad con el artículo 126, literal “i”, 128 y 129 eisudem, en concordancia con el artículo 396 de la precitada ley este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: LA COLOCACION FAMILIAR PROVISIONAL en beneficio de la ciudadana HISIS GISET RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedulas de identidad 12.079.789 domiciliada en la urbanización Arístides bastidas avenida 10 y 12 con calle 07 San Pablo Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy , solicita la colocación familiar a favor de la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),
de Nueve (09) años de edad nacido 18-06-2014 quien deberá ejercer la custodia de la misma , la tendrá bajo su cuidado y responsabilidad, así mismo deberá darle todas las atenciones necesarias para garantizar su integridad física y su atención integral hasta que este tribunal determine otra modalidad de protección. Entréguese dos juegos de copias certificadas de la presente sentencia a la parte solicitante.
Publíquese y regístrese, Déjese copia certificada,
Dada, firmada y sellada, en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los Veintidós (22) días del mes de Agosto de 2023.
La Jueza
Abg. ROSSMARY CEBALLOS OLMOS
La Secretaria,
ABG FRANCIS GARCIA
En la misma fecha se dictó y publicó, sentencia
La Secretaria,
ABG FRANCIS GARCIA
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