REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 10 de Agosto de 2023
Años: 213º y 164º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos: JEAN MANUEL ESPINOZA ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-26.943.932, domiciliado en la Calle A, Casa Nro 3, Sector Nuevo Cocorote, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy y JEAN CARLOS ESPINOZA ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-26.943.933, domiciliado en la Calle A, Casa Nro 3, Sector Nuevo Cocorote, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy; sin perjuicios de terceros de igual o mejor derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos CLIZANKY JORNUEL HERNANDEZ ESCOBAR, YORKY LUISANA HERNANDEZ ESCOBAR y EMMANUEL GREGORIO EFRAIN MARQUEZ ESCOBAR, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-20.465.915, V-21.300.249 y V- 29. 588.505 respectivamente; Hijos de la de cujus, ciudadana YORKI MARIA ESCOBAR BARRIOS, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.912.154. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio;


Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS

La Secretaria;



Abg. MARIA MILAGROS SALCEDO


En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, a la parte interesada.

La Secretaria;



Abg. MARIA MILAGROS SALCEDO







Solicitud Nº 2493/TLRVDD/MMS/DC.-