REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 11 de Agosto de 2023
AÑOS: 213º y 164º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos llamarse JUAN RAFAEL HERNÁNDEZ SILVA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.768.831, residenciado en Villa el Encanto, Buena Vista, Boraure Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, y HÉCTOR JOSÉ NADAL PEÑA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.941.656, residenciado en el Sector Boroboro, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un terreno propiedad Municipal, según Inspección ocular de la Alcaldía Bolivariana del Municipio La Trinidad, Dirección de Catastro Municipal, Boraure Estado Yaracuy, de fecha 26 de Julio de 2023, el cual posee un área total de terreno de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADO CON OCHENTA Y UNO CENTÍMETROS (355.81 Mts2), Calle primero de Mayo, Urb Simón Bolívar, Sector Bella Vista, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, dichas bienhechurías cuenta con un área total de construcción de SETENTA Y OCHO METROS CUADRADO CON NOVENTA CENTÍMETROS (78.90 Mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Casa y solar de la Sra. Jackeline Pérez. SUR: Calle Primero de Mayo. ESTE: Primero de Mayo. y OESTE: Casa y solar de la Sra. Maritza Sosa. Las referidas bienhechurías consisten de una (1) casa, para habitación el cual tiene un valor de NOVENTA MIL BOLÍVARES (Bs.90.000,00), a favor de la ciudadana MARILYN SOVEIRA ALMERÓN QUIROZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.727.106. Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT