REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Yaritagua, 05 de Diciembre de 2023
Año 213º y 164°

DEMANDANTES: ANGEL AUGUSTO GONZALEZ LINARES, ALFREDO IGNACIO VOLLMER ACEDO y OMAR ANTONIO VARGAS MELENDEZ. (Abg. ADELYS ENRIQUE TORREALBA PARRA)
DEMANDADO: CARLOS JUAN TORRELLAS CABEZAS
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE Nº: 4273/23

A los fines de resolver la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Comienza la misma con demanda presentada por el los Ciudadanos: ANGEL AUGUSTO GONZALEZ LINARES, ALFREDO IGNACIO VOLLMER ACEDO y OMAR ANTONIO VARGAS MELENDEZ. Venezolanos, mayores de edad, Soltero, casado y soltero, titulares de la Cédula de Identidad Nº: V-13.117.039, V-6.809.644 y V-18.684.819 respectivamente, en este acto por el abogado ADELYS ENRIQUE TORREALBA PARRA, inscrito en el I.P.S.A bajo el N°: 170.930; contra el ciudadano: CARLOS JUAN TORRELLAS CABEZAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula N°: V.-12.277.401, domiciliado en Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, en representación de las Ciudadanas NORYS JOSEFINA CASTAÑEDA OSTA y ORFELIA CASTAÑEDA OSTA Venezolanas, mayores de edad, Solteras, titulares de la Cédula de Identidad Nº: V-7.353.498 y 7.367.605 respectivamente, según poder Especial, autenticado por ante la Notaria Publica de Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, bajo el Nª 33, Tomo 4, Folios 108 al 110, de fecha 04 de Julio del 2023 la cual riela al folio 01. Al folio 02 riela documento privado, al 03 al 20 rielan anexos. Al folio 21 riela auto de admisión de la presente demanda. Al folio 22 riela Boleta de Citación. Al folio 23 riela Escrito de Contestación de la demanda presentado por el ciudadano: CARLOS JUAN TORRELLAS CABEZAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula N°: V.-12.277.401, asistido por el Abogado: JUAN CARLOS TORRELLAS CABEZAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 182.537.

DECISIÓN
A los fines de dictar sentencia en la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Que en el escrito de Contestación de la demanda el ciudadano: CARLOS JUAN TORRELLAS CABEZAS venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula N°: V.-12.277.401 actuando en nombre y representación de las Ciudadanas NORYS JOSEFINA CASTAÑEDA OSTA y ORFELIA CASTAÑEDA OSTA Venezolanas, mayores de edad, Solteras, titulares de la Cédula de Identidad Nº: V-7.353.498 y 7.367.605 respectivamente, según poder Especial, autenticado por ante la Notaria Publica de Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, bajo el Nª 33, Tomo 4, Folios 108 al 110, de fecha 04 de Julio del 2023, y asistido de Abogado, convienen en toda y cada una de sus partes en la demanda presentada en su contra por los Ciudadanos: ANGEL AUGUSTO GONZALEZ LINARES, ALFREDO IGNACIO VOLLMER ACEDO y OMAR ANTONIO VARGAS MELENDEZ , igualmente reconoció como cierto el contenido del documento que riela al folio 02 del presente expediente y reconoce como suya la firma, la cual aparece al pie del documento y es la que usa en todo sus actos públicos y privados ante un documento de cesión de derechos efectuada con los Ciudadanos: ANGEL AUGUSTO GONZALEZ LINARES, ALFREDO IGNACIO VOLLMER ACEDO y OMAR ANTONIO VARGAS MELENDEZ de un inmueble el cual se encuentra ubicado en la calle 17 con carrera 12 de Yaritagua , de Municipio Peña del Estado Yaracuy, cuyas medidas, descripción y linderos constan en documento privado anexo a esta demanda. Estas bienhechurías le pertenecen a la parte demandada según consta en reconocimiento de instrumento privado, emitido por el Tribunal de Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Expediente Nª 340/2001, de fecha 08 de Febrero del 2001; en consecuencia este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY: ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR, la demanda intentada por el los Ciudadanos: ANGEL AUGUSTO GONZALEZ LINARES, ALFREDO IGNACIO VOLLMER ACEDO y OMAR ANTONIO VARGAS MELENDEZ. Venezolanos, mayores de edad, Soltero, casado y soltero, titulares de la Cédula de Identidad Nº: V-13.117.039, V-6.809.644 y V-18.684.819 respectivamente, en este acto por el abogado ADELYS ENRIQUE TORREALBA PARRA, inscrito en el I.P.S.A bajo el N°: 170.930; contra la ciudadana: CARLOS JUAN TORRELLAS CABEZAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula N°: V.-12.277.401, domiciliado en Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, en representación de las Ciudadanas NORYS JOSEFINA CASTAÑEDA OSTA y ORFELIA CASTAÑEDA OSTA, en consecuencia DECLARA: RECONOCIDO el instrumento privado que riela al folio 02 del presente expediente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Yaritagua, 05 de Diciembre de 2023. Año 213º y 164º.
El Juez Titular;

Abg. Octavio Méndez Mújica
La Secretaria Titular,

Abg. Mariangela Sira
Publicada en fecha 05 de Diciembre de 2023, siendo las 10:15 de la mañana.
La Secretaria Titular,

Abg. Mariangela Sira