REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Yaritagua, 05 de diciembre de 2023
Año 213º y 164°
DEMANDANTE: NEDILSON JOSE BLANCO GUEVARA (Abg. JUAN CARLOS TORRELLAS CABEZAS)
DEMANDADA: ROSA MARIA ALVARADO DE BLANCO
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE Nº: 4274/23
A los fines de resolver la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Comienza la misma con demanda presentada por el ciudadano: NEDILSON JOSE BLANCO GUEVARA. Venezolano, mayor de edad, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº: V-21.046.081, asistido en este acto por el abogado JUAN CARLOS TORRELLAS CABEZAS, inscrito en el I.P.S.A bajo el N°: 182.537; contra la ciudadana: ROSA MARIA ALVARADO DE BLANCO, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula N°: V.-2.119.269, de este domicilio Yaritagua Municipio Peña Estado Yaracuy, la cual riela al folio 01. Al folio 02 riela documento privado, al 03 al 36 rielan anexos. Al folio 37 riela auto de admisión de la presente demanda. Al folio 38 riela Boleta de Citación. Al folio 39 riela Escrito de Contestación de la demanda presentado por la ciudadana: ROSA MARIA ALVARADO DE BLANCO, asistida por el Abogado: CARLOS JUAN TORRELLAS CABEZAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°:182.538.
DECISIÓN
A los fines de dictar sentencia en la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Que en el escrito de Contestación de la demanda la ciudadana: ROSA MARIA ALVARADO DE BLANCO, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula N°: V.-2.119.269 asistida de Abogado, convienen en toda y cada una de sus partes en la demanda presentada en su contra por el ciudadano: NEDILSON JOSE BLANCO GUEVARA, igualmente reconoció como cierto el contenido del documento que riela al folio 02 del presente expediente y reconoce como suya la firma, la cual aparece al pie del documento y es la que usa en todo sus actos públicos y privados ante un documento de cesión de derechos efectuada con el ciudadano NEDILSON JOSE BLANCO GUEVARA de un inmueble el cual se encuentra ubicado en la carrera 6 esquina calle 13 de Yaritagua , de Municipio Peña del Estado Yaracuy, cuyas medidas, descripción y linderos constan en documento privado anexo a esta demanda. Estas bienhechurías le pertenecen a la demandada según consta en reconocimiento de instrumento privado, emitido por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Expediente Nª 4233/23, de fecha 27 de Septiembre del 2023; en consecuencia este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY: ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano: NEDILSON JOSE BLANCO GUEVARA. Venezolano, mayor de edad, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº: V-21.046.081, asistido en este acto por el abogado JUAN CARLOS TORRELLAS CABEZAS, inscrito en el I.P.S.A bajo el N°: 182.537; contra la ciudadana: ROSA MARIA ALVARADO DE BLANCO, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula N°: V.-2.119.269, de este domicilio Yaritagua Municipio Peña Estado Yaracuy , en consecuencia DECLARA: RECONOCIDO el instrumento privado que riela al folio 02 del presente expediente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Yaritagua, 05 de Diciembre de 2023. Año 213º y 164º.
El Juez Titular;
Abg. Octavio Méndez Mújica
La Secretaria Titular
Abg. Mariangela Sira
Publicada en fecha 05 de Diciembre de 2023, siendo las 10:15 de la mañana.
La Secretaria Titular,
Abg. Mariangela Sira
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