REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, veintisiete de febrero de dos mil veintitrés
212º y 164º
ASUNTO: UP11-V-2021-000085
PARTE ACTORA: Ciudadana AURA MERCEDES TERAN, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio Cocorote del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 4.968.275.
PARTE DEMANDADA: Ciudadana YANIBEL DE LOS ANGELES HIDALGO DE CUICAR, venezolana, mayor de edad domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 17.156.458.
MOTIVO: RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR (EXTENSION)
En fecha veintisiete de mayo de 2021, se recibió demanda de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR (EXTENSION), presentada por la Fiscalía Auxiliar Séptima del Ministerio Público abogado CORELIS BECERRA GIMENEZ, a petición de la ciudadana AURA MERCEDES TERAN, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio Cocorote del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 4.968.275, en contra de la ciudadana YANIBEL DE LOS ANGELES HIDALGO DE CUICAR, venezolana, mayor de edad domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 17.156.458. Abocada al conocimiento de la presente causa, se fijo la audiencia de mediación para el día 12 de agosto de 2022 a las 11:00 a.m. En la oportunidad para la audiencia de mediación se dejó constancia de la comparecencia de la ciudadana AURA MERCEDES TERAN, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio Cocorote del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 4.968.275 y de la NO comparecencia de la parte demandada ciudadana YANIBEL DE LOS ANGELES HIDALGO DE CUICAR, venezolana, mayor de edad domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 17.156.458, se dio por concluida la fase de mediación de la audiencia preliminar de conformidad con lo establecido en el Artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Por auto de fecha 12 de agosto de 2022, se fijo la oportunidad para la fase de sustanciación para el día 13 de octubre de 2022, a las 11:00 a.m., asimismo se estableció el lapso establecido en el artículo 474 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se libro oficio al equipo multidisciplinario adscrito a este Circuito de protección para que realicen el informe integral requerido de conformidad con lo establecido en el artículo 481 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En fecha 20 de noviembre de 2015, se dejó expresa constancia que ninguna de las partes hizo uso de su derecho.
En fecha diecisiete de octubre de 2022, se fijo nueva oportunidad para la audiencia de sustanciación para el día 16 de noviembre de 20222 a las 9:00 a.m.
En la oportunidad fijada para la celebración de la fase de sustanciación de la audiencia preliminar, se dejó constancia de la comparecencia de la parte actora ciudadana AURA MERCEDES TERAN, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio Cocorote del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 4.968.275; de la NO comparecencia de la parte demandada la ciudadana YANIBEL DE LOS ANGELES HIDALGO DE CUICAR, venezolana, mayor de edad domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 17.156.458, visto que no compareció la representación Fiscal del Ministerio Publico se fijo nueva oportunidad para el día 17 de enero de 2023 a las 9:00 a.m.
Por auto de fecha 20 de enero de 2023, se fijo nueva oportunidad para el día 27 de febrero de 2023 a las 11:00 a.m. Siendo la oportunidad para la audiencia se dejó constancia de la NO comparecencia de la parte actora ciudadana AURA MERCEDES TERAN, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio Cocorote del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 4.968.275; se deja constancia de la NO comparecencia de la parte demandada la ciudadana YANIBEL DE LOS ANGELES HIDALGO DE CUICAR, venezolana, mayor de edad domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 17.156.458. Se dio desistido el presente procedimiento conforme a lo dispuesto en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Ahora bien, vista la NO comparecencia de la parte demandante ciudadana AURA MERCEDES TERAN, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio Cocorote del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 4.968.275; a la fase de sustanciación de la audiencia preliminar, por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Se acuerda la devolución de los documentos originales a las partes.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los veintisiete (27) días del mes de febrero del año 2023. Años: 212º de la Independencia y 164º de la Federación.
La Jueza,
Abg. PILAR COROMOTO VALVERDE MEDINA
El Secretario,
Abg. JOEL BARRIOS
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia siendo las 2:24 p.m. y se cumplió con lo ordenado.
El Secretario,
Abg. JOEL BARRIOS
ASUNTO: UP11-V-2021-000085
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