REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA YCOCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 09 de Febrero de 2023
Años: 212º y 163º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos, MANUEL ALBERTO MORALES REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.759.785 domiciliado en Calle (05) La Iglesia, entre Av. Bolívar (05) y Callejón Miranda (04), Casa S/N, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy y YUNEL ABIMELET DONAIRE BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.513.358, domiciliado en Av. Bolívar (05), Esquina Calle Ricauter, Barrio Libertad, al lado del Cementerio, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy. Este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Felipe, Independencia Y Cocorote De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana ROSA JOSEFINA SANOJA TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-8.515.775 y asistida por el abogado Asdrúbal Gutiérrez, Inpreabogado N° 268.072; sobre unas bienhechurías construidas en un área de Terreno Municipal, constituida por una vivienda familiar de estructura de cemento armado, techo de platabanda, paredes de bloques, distribuidas de la siguiente manera: sala, cocina, comedor y cuartos, la cual posee un área de extensión total de TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TRECE CENTIMETROS (353,13 m2), construyo a sus propias y únicas expensas unas bienhechurías de ampliación constantes de Dos (02) pisos, sobre las ya existentes, distribuidas de la siguiente manera: en la Planta Baja, Dos (02) Locales Comerciales por la Avenida Bolívar y Uno (01) por la calle de la Iglesia, en el Segundo Piso, 1 Balcón, Cocina, Tres (03) Habitaciones con baño propio, y Un (01) Lavadero. Con una superficie de TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TRECE CENTIMETROS (353,13 m2), y un área de construcción de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y OCHO CENTIMETROS (365,48 m2). Ubicadas en la Avenida Bolívar, esquina calle la Iglesia, N° 4-61, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy, con un valor aproximado de CUARENTA MIL BOLIVARES DIGITALES (40.000,00 BS) el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa que es o fue de la Sucesión Torrealba (21,80 m), SUR: Con calle N° 05 o la Iglesia (23,36 m), ESTE: Con Casa que es o fue de la Familia Faneite, (0,30 m) Con Calle N° 05 o la Iglesia y OESTE: Con Avenida N° 05 o Bolívar, su frente, (9,95 m) y Con casa que es o fue de la Sucesión Torrealba (11,85 m). Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,
Abg. MARIA SALCEDO
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. MARIA SALCEDO
Exp. N° 2444-TLRVDD/MS/DC