REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


San Felipe, 3 de julio de 2023
Años: 213º y 164º


Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos ARIAS SILVA GIOCONDA DEL CARMEN, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.464.425, domiciliada en la calle 2, entre 2 y 3 avenida, casa N° 2-20, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y GONZÁLEZ RAMÍREZ MARITZA COROMOTO, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº V- 7.912.428, domiciliada en la primera calle, con avenida 2, casa N° 2, municipio San Felipe, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana SANABRIA GARCÍA ROSA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V-7.552.721, asistida de la abogada LINARES SÁNCHEZ CELIA DEYHANIRA, inscrita con el Inpreabogado con el N° 173.013, sobre las bienhechurías, construidas sobre un área de terreno propio, que mide ciento setenta y tres metros cuadrados con noventa y cinco centímetros cuadrados (173,95 Mts2); con un área de construcción que mide cuatrocientos cincuenta y siete metros cuadrados con veinticinco centímetros cuadrados (457,25 Mts2), ubicado en la calle 2, entre avenidas 1 y 2, casa N° 1-15, municipio San Felipe, estado Yaracuy, consistentes de un inmueble (casa), con las siguientes características: (01) planta baja: con una (01) sala jardín, dos (02) salas de estar, una (01) área de comedor, tres (03) habitaciones, un (01) área de cocina, un (01) área de circulación con salida hacia fachada posterior (patio) y estacionamiento, dos (02) salas de baño, un (01) área de lavadero, un (01) área de estacionamiento, nivel (01) planta alta: una (01) sala de estar, una (01) sala cocina, una (01) sala comedor, un (01) corredor, cinco (05) habitaciones, cinco (05) salas de baño, un (01) área de lavadero, ambos niveles fueron construidos con paredes en bloques frisados, techo de losa de concreto armado, piso de granito, las paredes internas de los baños revestidas en cerámica 1,70 Mts. altura aproximado, puertas y ventanas de hierro en fachada principal, puertas de madera en áreas de las habitaciones y baños, en áreas de habitación ventanas de romanilla y basculantes, un (01) pequeño patio cercado en bloques de concreto, posee un (01) portón metálico en el área de estacionamiento, no posee cerca perimetral, la vivienda posee instalaciones de servicios públicos básicos: aguas blancas, luz, aguas negras, y alinderada de la siguiente manera: Norte: casa del señor Juan Montes; Sur: casa de la señora Ana de Ochoa; Este: calle 2 que es su frente; y Oeste: casa de Juan Pinto. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,


Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.