REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 11 de julio de 2023
Años: 213º y 164º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano DANILO ANTONIO CARUZI ROJAS, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nº V-19.265.453, asistido en este acto por el abogado en ejercicio Rafael Herrera, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 231.771, sobre una bienhechuría ubicada en la avenida 4 entre calle 1 y quebrada Canepe, comunidad La Libertad del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y NUEVE CENTÍMETROS (49,89M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Avenida 4 su frente, con una longitud de ocho metros lineales (8.00 M); Sur: Transporte El Fortín, con una longitud de once metros lineales con treinta centímetros (11.30 M); Este: Quebrada Canepe, con una longitud de veintinueve metros lineales con diez centímetros (29.10 M) y Oeste: Casa y solar es o fue de Oswaldo Torrealba, con una longitud de veinticinco metros lineales con cincuenta centímetros (25.50 M) y está construida sobre un área de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (INTI), según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 23-05-2023, que mide TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO CENTÍMETROS (335,78 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha veintiocho (28) de junio de 2023; y en fecha once (11) de julio de 2023, fueron oídas las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, ciudadanas ANA TERESA ARAUJO CASTILLO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-5.458.267, domiciliada en el barrio La Libertad, calle principal con avenida 05 y 06 de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y NOHELIS ADRIANA FALCÓN VALLES, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-25.179.906, domiciliada en el barrio La Libertad sector La Morita de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor del ciudadano DANILO ANTONIO CARUZI ROJAS, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nº V-19.265.453, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los once (11) días del mes de julio del año dos mil veintitrés (2023). Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.

El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) se registró la anterior decisión.

La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba





Abg.EGG/Spt/génesis
Sol: 5046/2023