REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 19 de junio de 2023.
Años: 213º y 164º
EXPEDIENTE NÚMERO: 3227-2023
SOLICITANTE: Ciudadana FRANCISCA ANTONIA CASTILLO DE GIUGLIANO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº. V-5.464.374, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio Yelitza Osorio, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 175.274.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
-I-
En fecha 17 de marzo del año 2023 se recibió con sus anexos solicitud de rectificación de acta de nacimiento, constante de un (01) folio útil con su vuelto, y dos (02) anexos (folios del 01 al 03), suscrito y presentado por la ciudadana FRANCISCA ANTONIA CASTILLO DE GIUGLIANO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº. V-5.464.374, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio Yelitza Osorio, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 175.274; en el cual solicita la rectificación del acta de nacimiento de su hijo GABRIEL CONO PEDRO GIUGLIANO CASTILLO, inserta bajo el Nro. 412, Tomo II, del año 1965, alegando que la misma adolece del siguiente error el funcionario del Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy al transcribir el acta de nacimiento omitió la firma del presentante y de los testigos, todo evidenciado en el documento público presentado por la ciudadana FRANCISCA ANTONIA CASTILLO DE GIUGLIANO, antes identificada, consignado en la presente solicitud como lo es: copia de la partida de nacimiento de su hijo y copia de la cedula de identidad de la solicitante.
La solicitud, fue admitida el veintitrés (23) de marzo del año 2023, (folios 04 al 06), por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a alguna disposición expresa por la Ley, y se ordenó la notificación al (la) Fiscal Séptima del Ministerio Público sobre la presente solicitud según el artículo 132 de la Ley adjetiva, así como también librar edicto y publicarlo en un diario de mayor circulación de la región, a los fines de que cualquier persona que tenga interés manifiesto o directo en el asunto concurra ante este Tribunal al acto de oposición a la solicitud.
En fecha 04 de abril del 2023, (folios 07 y 08), el alguacil del Tribunal consigna boleta de Notificación debidamente firmada por la Abg. Eunice Cedeño, portadora de la cedula de identidad Nro. V-15.283.306 en su carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, fue agregada al expediente
En fecha 18 de abril de 2023, (folio 09 y 10), se recibió opinión favorable emitida por Abg. Eunice Cedeño, portadora de la cedula de identidad Nro. V-15.283.306 en su carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, así mismo el Tribunal acuerda agregarla al expediente.
En fecha 09 de mayo de 2023 (folio 11), comparece la ciudadana FRANCISCA ANTONIA CASTILLO DE GIUGLIANO, antes identificada, a los fines de retirar el edicto para hacer la respectiva publicación.
En fecha 12 de mayo de 2023, folios (12 y 13) comparece la ciudadana FRANCISCA ANTONIA CASTILLO DE GIUGLIANO, antes identificada, a los fines de consignar ejemplar de edicto publicado en la página 13 del periódico “YARACUY AL DIA” de fecha 11 de mayo del año 2023.
En fecha 16 de mayo de 2023 (folio 14) el Tribunal mediante auto acordó agregar el edicto publicado en la página 13 del periódico “YARACUY AL DIA” de fecha 11 de mayo del año 2023, para que forme parte del mismo.
En fecha 01 de junio de 2023, folio (15) la Secretaria de este Tribunal hace constar que en fecha 31 de mayo de 2023, siendo las 3:30 p.m. venció el lapso de oposición a que hace referencia el edicto, sin que compareciera persona alguna invocando iguales o mejores derechos.
-II-
Cumplidos los requisitos de ley, para decidir el Tribunal observa:
ÚNICO: Analizado como ha sido el documento público: acta de nacimiento del ciudadano GABRIEL CONO PEDRO GIUGLIANO CASTILLO, que forma parte del presente expediente, el cual este Tribunal le confiere pleno valor probatorio, a tenor de lo previsto en los artículos 1359 y 1360 del Código Civil Venezolano en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil; y por cuanto están llenos todos los extremos para que proceda la pretensión del actor, es procedente declarar con lugar la referida pretensión, y así se decide.
En consecuencia, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, DECLARA: CON LUGAR la pretension contenida en la solicitud Rectificación de Acta de Nacimiento presentada por la ciudadana FRANCISCA ANTONIA CASTILLO DE GIUGLIANO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-5.464.374, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio Yelitza Osorio, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 175.274, y ordena sean estampadas las firmas del presentante así como la de los testigos en el acta de nacimiento inserta bajo el Nro. Nro. 412, Tomo II, del año 1965, emitida por la Comisión de Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy.
Expídase copia certificada de la presente decisión y con oficio remítase a la comisión de Registro Civil y Electoral del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y al Registro Principal del Estado Yaracuy, de conformidad con lo previsto en los artículos 502 del Código Civil, artículo 774 del Código de Procedimiento Civil y artículo 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, a los fines de que suscriban la correspondiente nota marginal.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Chivacoa, a los diecinueve (19) días del mes de junio del año 2023. Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria Temporal,
Abg. Diana Cesar M
En ésta misma fecha, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) se registró y publicó la anterior decisión.
La Secretaria Temporal,
Abg. Diana Cesar M.
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Abg.EGG/Dcm/genesis
Exp: 3227-2023