REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
RUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA YCOCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 15 de Junio de 2023
Años: 213º y 164º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos YZANDRA ADRIANA LOPEZ PARRAGA, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-15.338.755, domiciliada en la Urbanización Curaguire, Casa Nro. 789, Aroa, Municipio Bolívar del Estado Yaracuy y VICTOR JULIO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad númeroV-4.377.875, domiciliado en la Urbanización Curaguire, Calle 5 Casa S/N, Aroa, Municipio Bolívar del Estado Yaracuy; sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos MARIA PASTORA CORDOVA DE SANTOS, JUAN MANUEL SANTOS CORDOVA y CARLOS LUIS SANTOS CORDOVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidades Nros.V-7.918.971, V-18.877.601 y V-20.021.525 respectivamente, esposa e hijos del de Cujus, ciudadano CARLOS MANUEL SANTOS BATISTA, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-4.343.028. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio;
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria;
Abg. MARIA MILAGROS SALCEDO
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.
La Secretaria;
Abg. MARIA MILAGROS SALCEDO
Sol. N°2483/TLRVDD/MMS/GCPS.-