REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 08 de Junio de 2023
Años: 213º y 164º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos: FELIX ENRIQUE TOVAR OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.972.644, domiciliado en Calle 27 entre 4ta y 5ta Avenida Sector Plaza Sucre, Municipio Independencia, Estado Yaracuy y ARIANNA ISABELA DE JESUS QUERO BUSTILLOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-30.215.778, domiciliada Calle 27 con 2da y 3ra Avenida Sector Raúl Leoni, Municipio Independencia Estado Yaracuy; sin perjuicios de terceros de igual o mejor derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos GLORIA COROMOTO SILVA DE TORREALBA, CARMEN AIDEE SILVA SALCEDO y NAUDY ALI CARMONA SALCEDO, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.583.378, V-7.555.445 y V-12.083.831 respectivamente; Hijos de la de cujus, ciudadana CARMEN ALICIA SALCEDO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-2.573.231. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,
Abg. MARÍA MILAGROS SALCEDO SILVA
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. MARÍA MILAGROS SALCEDO SILVA
Solicitud Nº 2484
TLRVDD/MMSS/GCPS.-