TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Yaritagua 01 de Junio de 2023.
Años: 213° y l64°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos: JOSE MIGUEL RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº: V- 14.918.588 y YAMILET MERCEDES ZARRAGA CHIRINOS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº: V- 19.482.385, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos: MARLYN GABRIELA MANZANO DE NAVARRO Y JOHAN NAVARRO RODRIGUEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-17.992.270, V-16.973.027, sobre unas bienhechurías que el solicitante dice que ocupa, construidas en un lote de terreno de origen Municipal, área de terreno de CIENTO UN METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMETROS CUADRADOS (101.60 M2), sobre los cuales el Tribunal otorga Titulo Supletorio sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos que tenga sobre dichas bienhechurías; Ubicada en la avenida perimetral entre carreras 07 y 08 sector la bandera en Yaritagua Municipio Peña Estado Yaracuy, siendo sus linderos los siguientes: Norte: casa de Raúl Rodríguez; Sur: casa de Johan Navarro Y Marlyn Navarro; Este: casa de Alfredo Rodríguez; Oeste: avenida perimetral. Consiste en un local comercial con paredes de bloques, techo de platabanda, piso de granito con puertas y ventanas de hierro y madera con su Santamaría, un baño, un depósito, una escalera. Para un área de construcción CIENTO UN METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMETROS CUADRADOS (101.60 M2). Devuélvase a la parte interesada, a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 555 del Código Civil.
El Juez Titular
Abg. Octavio Méndez Mújica
La Secretaria
Abg. Mariangela Sira
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