REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA YCOCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 23 de Marzo de 2023
Años: 212º y 164º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos CARMEN ALICIA MORA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad V-7.917.089, domiciliada en la Urbanización la Pradera I, Vereda M, casa N° 179 Municipio Cocorote Estado Yaracuy, y JESUS ALFONZO MENDOZA GUDIÑO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-4.475.631, domiciliado en la Avenida 3 entre calles 32 y 33, sector palotal, casa N° 365, Municipio Independencia del Estado Yaracuy; sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a la ciudadana EVANGELISTA VILLEGAS TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 2.179.976, madre de la de Cujus, ciudadana EDDY XIOMARA VILLEGAS, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-11.277.258 Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio;

Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria;

Abg. MARIA MILAGROS SALCEDO

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.
La Secretaria;


Abg. MARIA MILAGROS SALCEDO



Sol. N°2459/TLRVDD/MMS/GCPS.-