DEMANDANTE: JONATHAN JOSE VASQUEZ Y AMELIA ROSA HURTADO VILLEGAS (ABG.ADRIAN MENDEZ )
DEMANDADO (A): JOSE RAFAEL PINEDA MUJICA
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE Nº: 4118/23
A los fines de resolver la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Comienza la misma con demanda presentada por los ciudadanos: JONATHAN JOSE VASQUEZ Y AMELIA ROSA HURTADO VILLEGAS , venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V-18.997.785 y V-24.018.793 respectivamente, asistidos en este acto por el abogado: Adrian Mendez, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 108.840; contra el ciudadano: JOSE RAFAEL PINEDA MUJICA , venezolano, mayor de edad, hábil civilmente, titular de la cedula de identidad Nº V-12.283.297, la cual riela al folio 01 . Al folio 02 riela documento privado, al 03 al 11 rielan anexos. Al folio 12 riela auto de admisión de la presente demanda. Al folio 13 riela Boleta de Citación. Al folio 14 riela Escrito de Contestación de la demanda presentado por el ciudadano: JOSE RAFAEL PINEDA MUJICA , venezolano, mayor de edad, hábil civilmente, titular de la cedula de identidad Nº V-12.283.297 asistido en este acto por el abogado: Lázaro Rodríguez IPSA Nro. 170.784
DECISIÓN
A los fines de dictar sentencia en la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Que en el escrito de Contestación de la demanda el ciudadano : JOSE RAFAEL PINEDA MUJICA plenamente identificado y asistido de Abogado, conviene en toda y cada una de sus partes en la demanda presentada en su contra por los ciudadanos: JONATHAN JOSE VASQUEZ Y AMELIA ROSA HURTADO VILLEGAS, igualmente reconoció como cierto el contenido del documento que riela al folio 02 del presente expediente y como suya la firma que lo suscribe la cual aparece al pie del documento y es la que usa en todo sus actos públicos y privados por ser cierto que mediante documento privado le dio en venta, unas bienhechurías , ubicadas en la calle 5 entre carreras 4 y 1 Sector San Roque Yaritagua Municipio Peña Estado Yaracuy, cuyos linderos son los siguientes: Norte: terreno que es de la familia Mujica , en línea de 40.69 Mts , Sur: terreno que es de la familia Fría, en línea de 40.69 Mts , Este: terreno que es de la familia Pineda Mujica, en línea de 5.80 Mts y con la calle 5 que es su frente en línea de 4.50 Mts y ; Oeste: terreno que es o fue de la familia Guerra, en línea de 4.20,estas bienhechurías le pertenece, según consta en documento Titulo Supletorio signado con el numero 13.770/23 emanado del Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En consecuencia este Juzgado de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR, la demanda intentada por los ciudadanos: JONATHAN JOSE VASQUEZ Y AMELIA ROSA HURTADO VILLEGAS , venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V-18.997.785 y V-24.018.793 respectivamente, asistidos en este acto por el abogado: Adrian Mendez, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 108.840; contra el ciudadano: JOSE RAFAEL PINEDA MUJICA , venezolano, mayor de edad, hábil civilmente, titular de la cedula de identidad Nº V-12.283.297se DECLARA: RECONOCIDO el instrumento privado que riela al folio 02 del presente expediente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Yaritagua, 08 de marzo de 2023. Años 212º y 164º.
El Juez Titular
Abg. Octavio Méndez Mújica
La Secretaria
Abg. Mariangela Sira
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