REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 16 de mayo de 2023
Años: 213º y 164º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus recaudos anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, los ciudadanos AVARIANO GIMÉNEZ LUÍS ALBERTO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-13.088.709 y domiciliado en el barrio Juventud, calle 33, entre 6 y 7, municipio Independencia, estado Yaracuy, y ROJAS PARADAS TORIBIO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-3.535.518 y domiciliado en la calle 35, entre 6 y 7, municipio Independencia, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de los ciudadanos PRADO RAFAEL RAMON y MELENDEZ BARRIOS FRANCISCA ANTONIA, quiénes eran venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de la cédula de identidad Nº V- 810.960 y V-7.503.447 respectivamente; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos PRADO MELENDEZ RAFAEL SALVADOR, PRADO MELENDEZ NIXSON RAFAEL, PRADO MELENDEZ HECTOR MANUEL, PRADO DE ARENAS NELIS JOSEFINA, PRADO MELENDEZ IRAIDA ALICIA, PRADO DE ARENAS SORAIDA JOSEFINA, PRADO DE TORREALBA IRMA LUCILA, PRADO MELENDEZ ESTHER MARINA, NOGUERA PRADO JORGE ORLANDO y NOGUERA PRADO DANIELA CAROLINA, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de la cédula de identidad Nº V- 7.586.216, V- 7.515.333, V- 2.573.061, V- 5.462.546, V- 4.475.955, V- 3.708.368, V- 7.503.419, V- 2.574.463, V- 19.455.245 y V- 20.892.625 respectivamente, representada la parte interesada por el abogado RODRÍGUEZ SALAZAR RENE, inscrito en el Inpreabogado con el N° 263.627. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse al solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.765-23 (de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal), y déjese copias certificadas en el archivo del Tribunal.
La Jueza Provisoria,
Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas.
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.