REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 4 de mayo de 2023
Años: 213º y 164º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus recaudos anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, los ciudadanos HERNÁNDEZ RONDÓN MARÍA DEL CARMEN, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-7.591.839 y domiciliada en la calle Principal con avenida 9, casa N° 23, San Gerónimo, municipio Cocorote, estado Yaracuy, y ROMERO SIVIRA PEDRO PABLO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-7.581.506 y domiciliado en la avenida 3, entre calles 9 y 10, barrio Campo Alegre, casa N° 2231, municipio Cocorote, estado Yaracuy, respectivamente este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana ORTEGA DE GRATEROL SILVERIA FLOR, quién era venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V-2.177.599 y residía en la urbanización San Gerónimo, calle 8, casa N° 08-32, sector II, municipio Cocorote, estado Yaracuy; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde al ciudadano SALONES ORTEGA OMAR RAMÓN, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.989.590, asistido el solicitante, antes mencionado e identificado, por la abogada VARGAS SIERRA DUVERYS AYERIM, inscrita en el Inpreabogado con el N° 311.199. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse al solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.754-23 (de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal), y déjese copias certificadas en el archivo del Tribunal.
La Jueza Provisoria,
Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas.
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.