REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 18 de mayo de 2023
Años: 213º y 164º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano ANTHONY MANUEL PÉREZ DOBOBUTO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-26.674.487, debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio Jorge Luis Dorante, quien está inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 268.552, sobre una bienhechuría ubicada en la calle 5 entre avenida Principal y avenida , comunidad Los Bolivarianos de Chivacoa Municipio Bruzual de Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y TRES CENTÍMETROS (57,73 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: casa y solar que es o fue de Noris Piñero, con una longitud de trece metros (13,00 M); Sur: terreno ocupado por Cristóbal Lucena, con una longitud de trece metros (13,00 M); Este: calle 5, su frente, con una longitud de trece metros con treinta centímetros (13,30 M) y Oeste: terreno ocupado por Francisco Torres, con una longitud doce metros con noventa centímetros (12,90 M) y está construida sobre un área de terreno privado, que forma parte de una mayor extensión propiedad de INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES ROLCA C.A., documento Nº 64, Folios 179 al 180, Protocolo Primero, Adicional Segundo, Oficina Subalterna del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy de fecha 09 de noviembre de 1992, según Certificado de Bienhechurías emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 03-03-2023, que mide CIENTO SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON NOVENTA CENTÍMETROS (172,90 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha cinco (05) de mayo de 2023; y en fecha dieciocho (18) de mayo de 2023 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: GENSAN LILI SÁNCHEZ ARAUJO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-19.198.106, domiciliada en la calle 5, parte baja de la comunidad Los Bolivarianos, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y ENZO RAFAEL FIGUEROA JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-14.608.041, domiciliado en la calle 5, parte baja de la comunidad Los Bolivarianos, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor del ciudadano ANTHONY MANUEL PÉREZ DOBOBUTO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-26.674.487, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los dieciocho (18) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023). Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba.
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba.

Abg.EGG/Spt/diana.-
Sol: 5013/2023.