REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 03 de Mayo de 2023
AÑOS: 213º y 164º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos GLENDIS ROSELINES RIVERO DURAN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.467.425, residenciada en la calle 07, sector Pueblo Nuevo Boraure Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, y ROBERT RAFAEL AZUAJE PEROZO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.225.294, residenciado en la calle 11, sector La Manga Boraure Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un terreno Propiedad Municipal, el cual posee un área total de terreno de QUINIENTOS TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TRECE CENTÍMETROS (533,13 Mts2), ubicado en la Avenida Bolívar, entre calle Nº 6 y Nº07, Sector Pueblo Nuevo, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, el cual tiene un área total de construcción de CIENTO OCHO METROS CUADRADOS CON DOCE CENTÍMETROS (108,12 Mts2), según Código Catastral Nº 22-07-00-URB-001-025-008, cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Casa y solar del señor Carlos Martínez, SUR: Avenida Bolívar entres calles Nº 6 y 7, ESTE: Avenida Bolívar entre calles Nº 6 y 7 y OESTE: Local Comercial de Beti Mujica. Consiste en una (1) Vivienda de índole particular, el cual tiene un valor de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000,00), a favor de la ciudadana MARILIN DESIREE ZANÓN ESCUDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.483.312, Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
ERWM/VAP/jo
Sol. 648/23