REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Sede Contencioso Administrativa
Expediente Nº: UP11-N-2018-000017
ACTA DE AUDIENCIA

En el día de hoy, Lunes Dieciséis (16) de Octubre del año Dos mil Veintitrés (2.023) siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, con motivo del RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO Y RESTITUCIÓN DE LOS DERECHOS INFRIGIDOS, interpuesto por el ciudadano PEDRO ARGENIS CASTILLO contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 0228/2018 DE FECHA 29 DE JUNIO DE 2018, EXPEDIENTE Nº 057-2018-01-00092 EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY.
Anunciado como fuera el acto a las puertas del Tribunal se deja constancia que las partes no comparecieron ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Seguidamente, se declara constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Jueza Temporal abogado YANITZA SANCHEZ, la secretaria, abogado MARIAMNIS GIMENEZ y el Técnico Audiovisual y Alguacil ARTURO OVIEDO, por lo que se da inicio a la presente audiencia.
Posteriormente, ante la incomparecencia de las partes, la ciudadana Jueza procedió atendiendo a lo dispuesto en el último aparte del artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa a dictar el dispositivo del fallo, el cual es del siguiente tenor: Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confieren la Constitución y las leyes declara: PRIMERO: DESISTIDO el presente proceso relativo al juicio por NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO Y RESTITUCIÓN DE LOS DERECHOS INFRIGIDOS, interpuesto por el ciudadano PEDRO ARGENIS CASTILLO contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 0228/2018 DE FECHA 29 DE JUNIO DE 2018, EXPEDIENTE Nº 057-2018-01-00092 EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.
La Jueza Temporal,

Abg. YANITZA SANCHEZ
La Secretaria,

Abg. MARIAMNI GIMENEZ

El Técnico Audiovisual/
Alguacil;


ARTURO OVIEDO.