República Bolivariana de Venezuela
En Su Nombre
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy

Guama: Miércoles, Cuatro (04) de Octubre Dos Mil Veintitrés (2023).

AÑOS: 213º y 164º

Vistas las anteriores actuaciones relativas a la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentadas por la Ciudadana: SONIA MARGARITA JAIMES MEJIA, quien es venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, portadora de la Cédula de Identidad Nº V-6.070.273, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio PAULA QUIROZ, quien está inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 74.396, en el cual solicitó el Justificativo de Perpetua Memoria (TITULO SUPLETORIO), sobre unas bienhechurías ubicadas en la Avenida Falcón, entre Calles Nº 02 y Calle Nº 02-B, Boraure Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, construidas sobre un área total de Terreno de propiedad Municipal, cuyas medidas, linderos, especificaciones y características se encuentran detalladas en la solicitud. Se admitió la solicitud en fecha Lunes, Diecisiete (17) de Julio del 2023, ordenándose la respectiva notificación al Ciudadano Alcalde del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, tal como lo establece el Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Por su parte, el Alcalde del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, recibió en fecha 07-08-2023 la notificación de la presente solicitud, mediante oficio Nº 128/2023, siendo consignado en esa misma fecha por el Ciudadano Alguacil de este Tribunal. Seguidamente, fueron oídas las declaraciones de los testigos en fecha 08-08-2023, presentados por la parte interesada, Ciudadanos: DILCIA PEREZ INOJOSA y JUAN FRANCISCO SILVERA GONZALEZ venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de Identidad Nros. V-7.504.226 y V-7581.752 respectivamente, las cuales son apreciadas por esta Juzgadora a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí. Posteriormente, la Ciudadana Abg. Esp. Yelitza Ch. Torres Sindico Procurador del Municipio La Trinidad Estado Yaracuy, remitió su criterio favorable, recibido por este Tribunal en fecha 04-10-2023.