REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Yaritagua, 05 de Octubre de 2023
Año 213º y 164°
DEMANDANTE: YILEIDA LISET CHAVEZ PEREZ (Abg. YOHALY ZUHEIRY PEREZ CARO)
DEMANDADO (A): NERYS PASTORA CHAVEZ DE MALDONADO
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE Nº: 4228/23
A los fines de resolver la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Comienza la misma con demanda presentada por la ciudadana: YILEIDA LISET CHAVEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº: V.-7.422.612, asistida en este acto por la abogada YOHALY ZUHEIRY PEREZ CARO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N°:172.612; contra la ciudadana: NERYS PASTORA CHAVEZ DE MALDONADO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula N°: V.-4.122.156, representante de la SUCESIÓN CHÁVEZ ÁLVAREZ OVIDIO ANTONIO, NÚMERO DE EXPEDIENTE 0098/2005 CON R.I.F. SUCESIÓN J-31378496-6, DE FECHA 25/04/2006, respectivamente, la cual riela al folio 01. Al folio 02 riela documento privado, Al folio 03 al 11 rielan anexos, al folio 12 riela auto de admisión de la presente demanda. Al folio 13 Boleta de Citación. Al folio 14 riela Escrito de Contestación de la demanda presentado por la ciudadana: NERYS PASTORA CHAVEZ DE MALDONADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula N°: V.-12.081.404, asistida por la Abogada: LENYS DEL CARMEN SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°:172.055.
DECISIÓN
A los fines de dictar sentencia en la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Que en el escrito de Contestación de la demanda la ciudadana: NERYS PASTORA CHAVEZ DE MALDONADO, en condición de representante de la SUCESIÓN CHÁVEZ ÁLVAREZ OVIDIO ANTONIO, NÚMERO DE EXPEDIENTE 0098/2005 CON R.I.F. SUCESIÓN J-31378496-6, DE FECHA 25/04/2006, siendo los sucesores: NERYS PASTORA CHÁVEZ DE MALDONADO, ROSA BENIGNA CHÁVEZ DE GONZÁLEZ, JUANA MAGDALENA CHÁVEZ DE FLORES, JUAN GERARDO CHÁVEZ PÉREZ, JOSE CLEOTILDO CHÁVEZ PÉREZ, EDGAR ENRIQUE CHÁVEZ PÉREZ, JORGE PASTOR CHÁVEZ PÉREZ Y CARLOS ALFREDO CHÁVEZ PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: V-4.122.156, V-7.323.205, V-4.122.159, V-4.71.949, V-5.456.158, V-7.559.259, V-7.579.200, y V-7.910.432, asistida de Abogada, conviene en toda y cada una de sus partes en la demanda presentada en su contra por la ciudadana: YILEIDA LISET CHAVEZ PEREZ, igualmente reconoció como cierto el contenido del documento privado y declara que dio en disposición pura y simple la porción de 88.89% de la vivienda en nombre y representación propia de los ciudadanos: NERYS PASTORA CHÁVEZ DE MALDONADO, ROSA BENIGNA CHÁVEZ DE GONZÁLEZ, JUANA MAGDALENA CHÁVEZ DE FLORES, JUAN GERARDO CHÁVEZ PÉREZ, JOSE CLEOTILDO CHÁVEZ PÉREZ, EDGAR ENRIQUE CHÁVEZ PÉREZ, JORGE PASTOR CHÁVEZ PÉREZ Y CARLOS ALFREDO CHÁVEZ PÉREZ, plenamente identificados y a su vez ellos ceden derechos del 11.11% a la ciudadana: YILEIDA LISET CHAVEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº: V.-7.422.612, específicamente ubicado al SUROESTE de la propiedad identificado como cuarto con ventanas, porche y puerta individual con medidas de veinticuatros con cuarenta y cinco centímetros cuadrados (24.45 mts). La propiedad cuenta con medidas de doscientos veintinueve metros cuadrados con once centímetros (220.11 mts), ubicada en la carrera 16 con calle N° 16/04 de la ciudad de Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy; siendo sus linderos los siguientes Norte: familia Maldonado, Sur: carrera 16, Este: familia Pérez Marín, y Oeste: Calle 16; según documento de solvencia de sucesiones y donaciones de fecha 24/08/2005, numero de declaración F-03-0075789 ante el SENIAT del Estado Yaracuy, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR, la demanda intentada por la ciudadana: YILEIDA LISET CHAVEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº: V.-7.422.612, asistida en este acto por la abogada YOHALY ZUHEIRY PEREZ CARO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N°:172.612; contra la ciudadana: NERYS PASTORA CHAVEZ DE MALDONADO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula N°: V.-4.122.156, representante de la SUCESIÓN CHÁVEZ ÁLVAREZ OVIDIO ANTONIO, NÚMERO DE EXPEDIENTE 0098/2005 CON R.I.F. SUCESIÓN J-31378496-6, DE FECHA 25/04/2006, en consecuencia DECLARA: RECONOCIDO el instrumento privado que riela al folio 02 del presente expediente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Yaritagua, a los (05) días de Octubre de 2023. Año 213º y 164º.
El Juez Titular
Abg. Octavio Méndez Mújica
La Secretaria Titular
Abg. Mariangela Sira
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