REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, dieciocho (18) de septiembre de dos mil veintitrés (2023)
213° y 164°

EXPEDIENTE Nº JSA-2018-000441

Por recibido en esta misma fecha, oficio identificado bajo el N° TSJ/SCSS/OFIC/357-2023 de fecha 18 de julio de 2023, procedente de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual remite a este Juzgado, Expediente en original signado bajo el Numero JSA-2018-000441 (nomenclatura llevada por este Juzgado), conformado por un (01) PIEZA PRINCIPAL constante de ciento cincuenta y tres (153) folios útiles y un (01) CUADERNO DE MEDIDAS constante de ciento cincuenta y nueve (159) folios útiles; contentivo del RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD, interpuesto por los ciudadanos ROSALIO ENRIQUE CASTILLO REYES Y CAROLINA DEL VALLE ROSAS DE CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-4.734.882 y V-7.348.393, contra el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI); En virtud de la Decisión emitida por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha veintidós (22) de junio del año 2023, en la cual declara: “…DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUCAS H. CALDERÓN B., actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy en fecha 9 de octubre de 2019…”; se ordena el REINGRESO, preservando su misma nomenclatura dejando la nota de registro en los libros respectivos. Asimismo, se evidencia que, no existen otras actuaciones a realizar en el presente proceso, es por ello que, este Juzgado DECLARA DEFINITIVAMENTE FIRME LA SENTENCIA y, en consecuencia, pasada en autoridad de cosa juzgada. Se ordena cerrar el presente expediente y su remisión posterior al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Es todo. Cúmplase. Es todo. Cúmplase.
LA JUEZA SUPERIOR,


ABG. DANIMAR CHIQUINQUIRA MOLERO ANDRADE
EL SECRETARIO,


ABG. ALY ALCIDES TORREALBA SALAZAR


EXPEDIENTE Nº JSA-2018-000441
DCMA/AATS