REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 26 de septiembre de 2023
213º y 164º
ASUNTO: UP11-V-2023-000219
DEMANDANTE: Ciudadana GODDY JOSEFINA ESCALONA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.374.836, asistida por la abogada Vicney Blanco, inscrita en el IPSA bajo el Nº 209.860.
DEMANDADOS: Ciudadanos MICHAEL ALBERTO RAMIREZ ESCALONA y ARIANNY MARILYN RUIZ ANDRDADES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedula de Identidad Nº 19.454.767 y 19.455.614 respectivamente.
BENEFICIARIA: La niña IDENTIDAD OMITIDA, nacida el día 03 de enero de 2013, de diez (10) años de edad.
MOTIVO: COLOCACIÓN FAMILIAR

En fecha 24 de mayo de 2023, se recibió demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, incoada por la Ciudadana GODDY JOSEFINA ESCALONA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.374.836, asistida por la abogada Vicney Blanco, inscrita en el IPSA bajo el Nº 209.860, actuando en su condición de abuela paterna de la niña IDENTIDAD OMITIDA, nacida el día 03 de enero de 2013, de diez (10) años de edad, a los fines de solicitar la colocación familiar en beneficio de la prenombrada niña.
En fecha 26 de mayo de 2023, se admitió la presente demanda ordenándose oficiar al SAIME los movimientos migratorios de los demandados de autos, así como se acordó oficiar al Equipo Multidisciplinario la elaboración del informe integral de la solicitante y niña de autos.
En fecha 26 de junio de 2023, este Tribunal dicta medida colocación familiar provisional en beneficio de la niña de autos.
En fecha 22 de septiembre de 2023, la demandante GODDY JOSEFINA ESCALONA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.374.836, suscribe diligencia donde desiste al presente procedimiento de COLOCACIÓN FAMILIAR..
Ahora bien, el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado de manera supletoria de conformidad al artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, establece que en cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella, así mismo señala que el Juez dará por consumado el acto y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria.
Siendo que la parte actora del caso de marras, suscribe y consigna diligencia donde desiste al presente procedimiento de COLOCACIÓN FAMILIAR, se evidencia de las actas que conforman el expediente que para la fecha del desistimiento la parte demandada no había sido notificada, por consiguiente considera esta Juzgadora se encuentran cumplidos los supuestos contenidos en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado de manera supletoria de conformidad al artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO AL PROCEDIMIENTO hecho por la Ciudadana GODDY JOSEFINA ESCALONA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.374.836, asistida por la abogada Vicney Blanco, inscrita en el IPSA bajo el Nº 209.860, contra los Ciudadanos MICHAEL ALBERTO RAMIREZ ESCALONA y ARIANNY MARILYN RUIZ ANDRDADES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedula de Identidad Nº 19.454.767 y 19.455.614 respectivamente.
Se revoca la colocación familiar provisional dictada en fecha 26 de junio de 2023.
En consecuencia se extingue el proceso, por lo que la demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa (90) días.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los veintiséis (26) días del mes de septiembre de 2023. Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.
La Juez,

Abg. SORELYS BETZABET QUINTERO BRICEÑO,
La Secretaria,
Abg. Ángela Mata
Se publicó y registró, siendo las 3:45 p.m. En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.