REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 19 de Diciembre de 2024
213° y 165°
ASUNTO: UP11-L-2024-000029
DE LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS
Estando dentro del lapso procesal para el pronunciamiento respecto de la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes, este Tribunal a tenor de lo dispuesto en los artículos 69 y 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo lo hace de la siguiente manera:
PARTE DEMANDANTE:
Con relación a las pruebas documentales, promovidas, referentes a:
Expediente Administrativo, debidamente certificada por la Inspectoría de Trabajo de San Felipe, marcado con letra “A“ (Folios 50 - 57 de la P.1) y marcado con letra “B” (Folios 58 – 87 de la P.1)
En atención a las pruebas documentales este juzgado las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, en los términos de los Artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Prueba de Exhibición:
• Los recibos de pago de los ciudadanos; DEWIN ALFONSO SALCEDO CASTILLO Y RAMON ANTONIO CHIRINOS PERAZA, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 12.282.668; V- 18.664.332 respectivamente, de los meses enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2024.
En relación a las pruebas de exhibición antes mencionadas, este tribunal la ADMITE, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar las mismas manifiestamente ilegales, ni impertinentes, en los términos del artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se fija la oportunidad de su evacuación para el día y la hora de la celebración de la audiencia de juicio, advirtiendo a la parte demandada que deben presentar dichos documentos en la oportunidad de efectuarse la referida audiencia.
De La Prueba De Informe:
Este Tribunal la ADMITE, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar la misma manifiestamente ilegal ni impertinente. A tales efectos, con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se acuerda oficiar a:
A la SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO, que regula el sector Bancario (SUDEBAN), para que este organismo a su vez envíe oficio al “BANCO DE VENEZUELA”, de la ciudad de CHIVACOA; a fin de que informe lo siguiente PRIMERO: Si se encuentra aperturada una cuenta corriente signada con el número de cuenta 01020365190000963956, teniendo como titular al ciudadano RAMON ANTONIO CHIRINOS PERAZA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.664.332. SEGUNDO: De ser cierto el particular uno, informe a través de oficio, lo depositado en la cuenta nómina en los meses de febrero y marzo del año 2024; Así como también informe a este tribunal, quien es la persona jurídica o natural que realiza dicha trasferencia digital en cuenta nómina, y envíe los estados de cuenta de los antes mencionados meses (Febrero y Marzo de 2024).
PARTE DEMANDADA:
Con relación a las pruebas documentales, promovidas, referentes a:
• Contrato de Trabajo a tiempo indeterminado, de fecha 12 de octubre, marcados con letras “A1” y “A2” (Folios 94 y 95 con sus Vtos de la P.1)
• Copias certificadas de recibos de pago de Nóminas y sus respaldos de pagos de TXT generados por el sistema del Banco de Venezuela cuenta del ex trabajador DEWIN SALCEDO número: 0102 - 0303 - 1600 - 0068 – 2693, firmados, desde:
01 al 30 Noviembre 2022
01 al 31 Diciembre 2022
01 al 31 Enero 2023
01 al 28 Febrero 2023
01 al 31 Marzo 2023
01 al 30 Abril 2023
01 al 31 Mayo 2023
01 al 30 Junio 2023
01 al 31 Julio 2023
01 al 31 Agosto 2023
01 al 30 Septiembre 2023
01 al 31 Octubre 2023
01 al 30 Noviembre 2023
01 al 31 Diciembre 2023
01 al 31 Enero 2024
01 al 28 Febrero 2024
Marcados con letras “B1 (Folio 96); B2 (Folio 97 con su Vto); B3 (Folio 98 con su Vto); B4 (Folio 99); B5 (Folio 100 con su Vto); B6 (Folio 101); B7 (Folio 102 con su Vto); B8 (Folio 103); B9 (Folio 104 con su Vto); B10 (Folio 106); B11 (Folio 107 con su Vto); B12 (Folio 108); B13 (Folio 109 con su Vto); B14 (Folio 110); B15 (Folio 111 con su Vto); B16 (Folio 112); B17 (Folio 113 con su Vto); B18 (Folio 114); B19 (Folio 115 con su Vto); B20 (Folio 116); B21 (Folio 117 con su Vto); B22 (Folio 118); B23 (Folio 119 con su Vto); B24 (Folio 120 con su Vto); B25 (Folio 121 con su Vto); B26 (Folio 122 con su Vto); B27 (Folio 123 con su Vto); B28 (Folio 124 con su Vto); B29 (Folio 125 con su Vto); B30 (Folio 130 con su Vto); B31 (Folio 127 con su Vto); B32 (Folio 128 con su Vto); B33 (Folio 129 con su Vto); B34 (Folio 130 con su Vto); B35 (Folio 131 con su Vto); B36 (132 con su Vto); B37 (Folio 133 con su Vto); B38 (Folio 134 con su Vto); B39 (Folio 135 con su Vto); B40 (Folio 136 con su Vto); B41 (Folio 137 con su Vto); B42 (Folio 138 con su Vto); B43 (Folio 139 con su Vto); B44 (Folio 140); B45 (Folio 141 con su Vto); B46 (Folio 142 con su Vto); B47 (Folio 143); B48 (Folio 144); B49 (Folio 145 con su Vto); B50 (Folio 146); B51 (Folio 147 con su Vto); B52 (Folio 148 con su Vto); B53 (Folio 149 con su Vto); B54 (Folio 150 con su Vto); B5 (Folio 151 con su Vto); B6 (Folio 152 con su Vto); B57 (Folio 153 con su Vto); B58 (Folio 154 con su Vto); B59 (Folio 155 con su Vto); B60 (Folio 156 con su Vto); B61 (Folio 157 con su Vto); B62 (Folio 158 con su Vto); B63 (Folio 159 con su Vto); B64 (Folio 160 con Vto); B65 (Folio 161 con su Vto); B66 (Folio 162 con su Vto); B67 (Folio 163 con su Vto); B68 (Folio 164 con su Vto); B69 (Folio 165 con su Vto); B70 (Folio 166); B71 (Folio 167 con su Vto); B72 (Folio 168 con su Vto); B73 (Folio 169)”, todos los folios de la P.1.
Pago de salarios caídos pagados en el expediente administrativo inserto por la solicitud de reenganche identificado con la letra “B72” (Folio 168 con su Vto de la P.1).
Recibos Originales de Pago de Utilidades y sus respaldos de pagos de TXT generados por el sistema del Banco de Venezuela cuenta para el ex trabajador DEWIN SALCEDO 0102 - 0303 - 1600 - 0068 – 2693 correspondientes:
Pago de Bonificación de fin de año (utilidades) año 2022
Pago de Bonificación de fin de año (utilidades) año 2023, marcados con letras “C1” y “C2”. (Folios 170 – 171 de la P.1)
Original de Cuadro de pago y sus respaldos de pagos de TXT generados por el sistema del Banco de Venezuela cuenta para el ex trabajador Dewin Salcedo 0102-0303-1600- 0068–2693 correspondiente a pago de Adelanto de Prestaciones Sociales en fecha:
10 de diciembre del 2022 por un monto de Mil Trescientos Bolívares (D
1.300,00).
De diciembre del 2023 por un monto de Veintiún Mil Bolívares (Be
21.000,00), marcadas con las letras "D1 a la D5". (Folios 172 al 174 con su Vto; 175 – 176 de la P.1)
Copia Certificada del Acta Acuerdo levantada en la empresa a solicitud de los trabajadores para el pago de un Bono de Transporte de carácter no salarial de fecha siete (7) de junio del 2023, marcada con letra “E1” (Folio 177 con su Vto de la P.1)
Copia Certificada del Acta Acuerdo levantado en las instalaciones de la empresa a solicitud de los trabajadores para el pago de un bono complementario de alimentación de carácter no salarial, marcada con letras “F1” y “F2” (178 - 179 con su Vto de la P.1)
Copia Certificada de las Amonestaciones donde se constata la actitud inadecuada por parte del ex trabajador Dewin luego de la ejecución del reenganche de fechas: 09, 10, 13 y 14 de mayo 2024, marcadas con las letras desde la "G1" hasta la "G12". (Folios 180 al 191 de la P.1)
Copias Certificadas de Recibos de pagos de Bono de Transporte y sus respaldos de pagos de TXT generados por el sistema del Banco de Venezuela cuenta del ex trabajador Dewin Salcedo número: 0102-0303-1600-0068-2693 de los meses Septiembre 2023, octubre 2023, noviembre 2023, diciembre 2023, enero del 2024, marcadas con letras “H1 (Folio 192 con su Vto); H2 (Folio 193); H3 (Folio 194 con su Vto); H4 (Folio 195 con su Vto); H5 (Folio 196 con su Vto); H6 (Folio 197); H7 (Folio 198 con su Vto); H8 (Folio 199 con su Vto): H9 (Folio 200 con su Vto); H10 (Folio 201 con su Vto)”.
Contrato de Trabajo a Tiempo Indeterminado, firmado y huelleado por el demandante ciudadano Ramón Chirinos, de fecha 16 de agosto del año 2022, marcado con letra “I1” e “I2” (Folios 202 - 203 con sus Vtos de la P.1)
Originales de Recibos de pago de Nóminas y sus respaldos de pagos de TXT generados por el sistema del Banco de Venezuela cuenta del ex trabajador Ramón Chirinos 0102 - 0365 - 1900 - 0036 - 3956, firmados por el demandante:
> 01 al 31 de Septiembre 2022.
> 01 al 30 de Octubre 2022.
> 01 al 30 Noviembre 2022
> 01 al 31 Diciembre 2022.
> 01 al 31 Enero 2023
> 01 al 28 Febrero 2023.
> 01 al 31 Marzo 2023.
> 01 al 30 Abril 2023.
> 01 al 31 Mayo 2023.
> 01 al 30 Junio 2023.
> 01 al 31 Julio 2023.
> 01 al 31 Agosto 2023.
> 01 al 30 Septiembre 2023.
> 01 al 31 Octubre 2023.
> 01 al Noviembre 2023.
> Diciembre 2023
> Enero 2024.
> Febrero 2024.
> Marzo 2024, marcados con letras “J1 (Folio 204 con su Vto); J2 (Folio 205); J3 (Folio 206 con su Vto); J4 (Folio 207); J5 (Folio 208 con su Vto); J6 (Folio 209); J7 (Folio 210 con su Vto); J8 (Folio 211); J9 (Folio 212 con su Vto); J10 (Folio 213); J11 (Folio 214 con su Vto); J12 (Folio 215); J13 (Folio 216 con su Vto); J14 (Folio 217); J15 (Folio 218 con su Vto); J16 (Folio 219 con su Vto); J17 (Folio 220); J18 (Folio 221 con su Vto); J19 (Folio 222 con su Vto); J20 (Folio 223 con su Vto); J21 (Folio 224); J22 (Folio 225 con su Vto); J23 (Folio 226); J24 (Folio 227 con su Vto); J25 (Folio 228); J26 (Folio 229 con su Vto); J27 (Folio 230); J28 (Folio 231 con su Vto); J29 (Folio 232); J30 (Folio 233 con su Vto); J31 (Folio 234); J32 (Folio 235 con su Vto); J33 (Folio 236 con su Vto); J34 (Folio 237 con su Vto); J35 (Folio 238 con su Vto); J36 (Folio 239 con su Vto); J37 (Folio 240 con su Vto); J38 (Folio 241 con su Vto); J39 (Folio 242 con su Vto); J40 (Folio 243 con su Vto); J41 (Folio 244); J42 (Folio 245 con su Vto); J43 (Folio 246 con su Vto); J44 (Folio 247 con su Vto); J45 (Folio 248 con su Vto); J46 (Folio 249 con su Vto); J47 (Folio 250 con su Vto); J48 (Folio 251 con su Vto); J49 (Folio 252 con su Vto); J50 (Folio 253 con su Vto); J51 (Folio 254 con su Vto); J52 (Folio 255 con su Vto); J53 (Folio 256 con su Vto); J54 (Folio 257 con su Vto); J55 (Folio 258 con su Vto); J56 (Folio 259 con su Vto); J57 (Folio 260 con su Vto); J58 (Folio 261 con su Vto); J59 (Folio 262 con su Vto); J60 (Folio 263 con su Vto); J61 (Folio 264 con su Vto); J62 (Folio 265 con su Vto); J63 (Folio 266 con su Vto); J64 (Folio 267 con su Vto); J65 (Folio 268 con su Vto); J66 (Folio 269 con su Vto); J67 (Folio 270 con su Vto); J68 (Folio 271 con su Vto); J69 (Folio 272 con su Vto); J70 (Folio 273 con su Vto); J71 (Folio 274 con su Vto); J72 (Folio 275 con su Vto); J73 (Folio 276); J74 (Folio 277 con su Vto); J75 (Folio 278 con su Vto); J76 (Folio 279); J77 (Folio 280 con su Vto); J78 (Folio 281 con su Vto)”, todos Folios de la P.1
Copia fotostáticas de respaldos de pagos de TXT generados por el sistema del Banco de Venezuela cuenta para el ex trabajador Ramón Chirinos 0102-0365-1900-0096-3956 del pago de Bono de Alimentación mes de marzo del 2024, marcadas con letras “K1” a la “K4”, (Folios 282 al 285 con sus Vtos de la P.1)
Recibos originales de Pago de Anticipo de Prestaciones Sociales y sus respaldos de pagos de TXT generados por el sistema del Banco de Venezuela cuenta para el ex trabajador Ramón Chirinos 0102-0365-1900–0096- 3956, pagado en diciembre del 2023:
10 de diciembre del 2022 por un monto de Dos Mil Seiscientos Bolívares
(Bs. 2.600,00).
De diciembre del 2023 por un monto de Veintiún Mil Bolívares (Bs
21.000,00), marcados con letras desde la “L1” a la “L6”, (Folio 286 con su Vto; y Folios 287 - 291 de la P.1)
Copia certificada de recibo de pago y su respaldo de pago de TXT generados por el sistema del Banco de Venezuela cuenta para el ex trabajador Ramón Chirinos 0102
0365 1900 0096 3956 correspondiente a pago de Utilidades 2023, marcado con la letra "M1" (Folio 292 de la P.1)
Original de Acta Acuerdo levantado en la empresa a solicitud de los trabajadores para el pago de un bono de Transporte de carácter no salarial, marcado con la letra "N1" (Folio 293 con su Vto de la P.1)
Copias Certificadas de Recibos de pagos de Bono de Transporte y sus respaldos de pagos de TXT generados por el sistema del Banco de Venezuela cuenta del ex trabajador Ramón Chirinos de los meses octubre, noviembre diciembre 2023, enero y febrero del 2024, marcados con letra desde la “P1” hasta “P11”, (Folios 294 con sus Vtos; Folios 297 - 298; Folios 299 al 303 con sus Vtos y Folio 304 de la P.1)
En atención a las pruebas documentales antes mencionadas, este juzgado las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, en los términos de los Artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Copia Certificada del Acta Acuerdo levantado en las instalaciones de la empresa a solicitud de los trabajadores para el pago de un bono complementario de alimentación de carácter no salarial, marcada con la letra "O1" a la "O2", las referidas pruebas no constan en autos.
De La Prueba De Informe:
Este Tribunal la ADMITE, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar la misma manifiestamente ilegal ni impertinente. A tales efectos, con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se acuerda oficiar a:
1-) A la SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS (SUDEBAN), que a su vez dependen del Ministerio del Poder Popular para la Economía, Finanzas y la Banca Pública informe oportuna y suficientemente sobre los siguientes hechos que constituyeron presupuestos:
Informe detallado de los movimientos bancarios realizados en la cuenta N°0102 0303-1600-0068-2693 Banco de Venezuela; a nombre del accionante DEWN SALCEDO, donde se verifiquen los movimientos bancarios desde su fecha de ingreso, el 12 de octubre del 2022 hasta el 10 de mayo del 2024 su fecha de egreso, que abandono su puesto de trabajo, con la finalidad de constatar los pagos mensuales que realizaba mi representada LOBO ALIMENTIC, C.A, en dicho período.
Informe detallado de los movimientos bancarios realizados en la Cuenta No 0102- 0365-1900-0096-3956 del Banco de Venezuela; a nombre del accionante RAMON CHIRINOS, donde se verifiquen los movimientos bancarios desde su fecha de ingreso, 16 de agosto del 2022 hasta 3 de abril del 2024, con la finalidad de constatar los pagos mensuales que realizaba mi representada LOBO ALIMENTIC, C.A, en dicho período
2- ) A la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY, a fin de requerir información sobre la existencia de los expedientes administrativos signados con los números:
• 057-01-2024-044 Correspondiente al Procedimiento de Reenganche del
ex trabajador Dewin Salcedo.
• 057-01-2024-044 correspondiente al Procedimiento de Reclamo del ex trabajador,
Ramón Chirinos.
• 057-01-2024-097 correspondiente al Procedimiento de Solicitud de Autorización de despido, intento por mi representada en contra del ciudadano Ramón Chirinos.
Con respecto a la PRUEBA TESTIMONIAL, de los ciudadanos:
YESSIKA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 16.973.407, en su condición de Analista de Recursos Humanos, domiciliada en la calle 22 Av. 3 Peguaima Estado Yaracuy.
MARIELBIS SOTELDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 26.631442, en su condición de analista de ventas y operaciones, domiciliada en el sector el Ceibal casa blanca con rejas marrones estado Yaracuy., este tribunal la ADMITE de conformidad con el artículo 98 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que se fija la oportunidad de su evacuación en el día y hora de la audiencia de juicio.
La Jueza,
Abg. Anniely Elías Corona
La Secretaria,
Abg. Astrid Escalona
ASUNTO NROº: UP11-L-2024-000029.-
Pieza Nº 2
AML/AE/yaraujo