REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, nueve (09) de diciembre de 2024
214° y 165°
EXPEDIENTE Nº JSA-2011-000155
Por recibido en fecha, seis (06) de diciembre del año en curso, oficio número TSJ/SCSS/OFIC/480-2024, de fecha, dieciocho (18) de noviembre del año que discurre, emanado de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual remite adjunto Expediente N° JSA-2011-000155 (nomenclatura de este Juzgado), contentivo del RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD conjuntamente con SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS, y SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, interpuesto por el ciudadano ANGELO TROTTA GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.612.776, contra el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), constante de dos (02) Pieza con seiscientos cuarenta y tres (643) folios útiles en orden correlativo, incluyendo el referido Oficio, conjuntamente con dos (02) sobre cerrado contentivo de disco compacto ubicado al reverso de la caratula de la pieza N° 2 del presente expediente; así como tres (03) cuadernos de medidas constante de cincuenta y cuatro (54), ciento veinticuatro (124) y ciento uno (101) folios útiles, en su orden, conjuntamente con nueve(09) sobres cerrados contentivos de discos compactos, tres (03) ubicados al reverso de la caratula del cuaderno de medidas N° 1, tres (03) ubicados en el reverso de la caratula del cuaderno de medidas N° 2, tres (03) ubicados en el reverso de la caratula del cuaderno de medidas N° 3. En virtud de la Decisión emitida por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha catorce (14) de agosto del año que discurre, en la cual declaró: “…PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del Instituto Nacional de Tierras (INTI), contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha 30 de mayo de 2012, en la que se declaró con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado y nulo el acto administrativo recurrido; SEGUNDO: SE CONFIRMA la referida sentencia, bajo la motivación expresada en este fallo. TERCEROS: SE ORDENA levantar las medidas cautelares, dictadas por el tribunal de la causa en fecha 16 de diciembre de 2011, ratificadas el 24 de enero de 2012”; se ordena el REINGRESO, preservando su misma nomenclatura de este juzgado dejando la nota de registro en los libros respectivos. Es todo. Cúmplase.
El Juez Provisorio,
ABG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO.
La Secretaria,
ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ.
EXPEDIENTE Nº JSA-2011-000155
CALO/KVH