REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA YCOCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 16 de Enero de 2024
Años: 213º y 164º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos BRICELYS MARGOT MARTINEZ DE PARRA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V-12.078.131, domiciliada en la Urbanización Vista Alegre, Sector Tres, Avenida 14, Casa N°229, Municipio Independencia del Estado Yaracuy y JESUS ALBERTO ZAMBRANO TOVAR, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-13.696.413, domiciliado en la Urbanización San José Calle 4 Mano Derecha Casa N°4-61. Municipio Independencia del Estado Yaracuy. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana SULEIMA MAGALY GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.726.173, debidamente asistida por la abogada Brisnelvic Ramírez García, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº114.459; sobre una bienhechuría en un área de Extensión de Terreno según Inspección efectuada a cargo de personal técnico de la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, sobre la cual se levanta Informe Técnico de Verificación de Inmueble y se otorga Autorización para Evacuación de Titulo Supletorio de las referidas bienhechurías, emitidos por la Dirección de Catastro y Sindicatura del Municipio Bolivariano de San Felipe respectivamente, de TRESCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMETROS (313,88 MTS) y un área de Construcción de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON DOS CENTIMETROS (159,02 MTS), pertenece a la municipalidad, ubicado en Albarico, Sector Banco Obrero, Calle Cedeño, Parroquia Albarico, Jurisdicción del Municipio San Felipe Estado Yaracuy, el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa y Solar que es o fue de la Familia Ulacio, con 12,45 MTS; SUR: Calle Cedeño que es su frente con 14,15 MTS, ESTE: Casa y Solar que es o fue de la Familia Perozo con 23,60 MTS y OESTE: Casa y Solar que es o fue de la Familia Salazar con 23,60 MTS. El cual tiene y poseo por haberla edificado a sus solas y únicas expensas, con dinero de su propio peculio a un costo de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00) cuya estructura consiste en una Casa de Habitación con paredes de bloque frisadas, piso de cerámica, techo de platabanda, puertas y rejas de metal, cerca de bloque, alambre de púas y alfajol, tres (03) habitaciones, un (01) baño, con paredes revestidas, cerámica y sus accesorios de cerámica, sala, cocina, comedor, área de lavadero, instalaciones eléctricas y sanitarias empotradas, puertas internas de madera. Un Anexo: con paredes de bloque, techo de zinc, piso de cemento pulido, sala, cocina, un (01) baño, una (01) habitación puertas y ventanas de metal, instalaciones eléctricas áreas e instalaciones sanitarias empotradas y área de lavadero. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio;
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria;
Abg. MARIA MILAGROS SALCEDO
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.
La Secretaria;
Abg. MARIA MILAGROS SALCEDO
Solicitud N°2549/TLRVDD/MMS/GCPS.-