REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
RUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA YCOCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 29 de Enero de 2024
Años: 213º y 164º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos YELAL ODEH KATIB, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número V-11.277.507, domiciliado en la Avenida Libertador con Avenida La Patria, Edificio El Cairo, Pent-house, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy y ABDEL HAFEZ ABDEL HAFEZ TAUFIK RAFIG, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número V-8.512.573, domiciliado en la Avenida La Patria entre Calles 15 y 16 Casa N°13-50 Sector Caja de Agua, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos MERCEDES BARTOLA YANEZ DE SADEDDIN, FESAR JOSE SADEDIN YANEZ, FRANKLIN JOSE SADEDIN YANEZ, AMIR PANCRACIO SADEDDIN YANEZ y SADAT JOSE SADEDDIN YANEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros.V-4.968.600, V-7.557.575, V-7.557.576, V-7.916.795 y V-10.854.161 respectivamente, cónyuge e hijos de la de Cujus, ciudadano HUSNI IBRAHIM MUHD SADEDDIN, quien era jordano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número E-202.413. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio;
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria;
Abg. MARIA MILAGROS SALCEDO
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.
La Secretaria;
Abg. MARIA MILAGROS SALCEDO
Sol. N°2553/TLRVDD/MMS/GCPS.-