REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 04 de Julio de 2024
Años: 214º y 165º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos OSWARD JOSE SUAREZ MONSALVE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-19.061.821, domiciliado en la Calle Principal del Caserío San José de Carúpano, Parroquia San Javier, Municipio San Felipe del estado Yaracuy y BARBARA AURIMAR VASQUEZ TRAVIEZO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-19.614.638, domiciliada Calle Principal del Caserío San José de Carúpano, Parroquia San Javier, Municipio San Felipe del estado Yaracuy; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano DANIEL LOPEZ D´HOY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-22.309.737, asistido por el abogado JERRY GOYO, inscrito en el Inpreabogado con el número N° 168.881; sobre unas bienhechurías en un área de terreno de tenencia INTI, ubicado en la calle principal de San José de Carúpano, cruce con Calle el Poblado Viejo, Parroquia San Javier, municipio San Felipe del estado Yaracuy, que mide DOSCIENTOS CUARENTA CON VEINTITRES METROS CUADRADOS (240,23 MTS2), y un área de construcción de CIENTO OCHENTA Y SIETE CON NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (187,95 MTS2), cuyas características constructivas son las siguientes: Tipo local, construidos con base de piedra y concreto, apoyadas con manchones de concreto armado, paredes de bloques de concreto frisada, techo de acerolit, piso de cemento pulido, constituido con dos (02) baños y una (01) cocina, cuenta además con servicios de aguas blancas y servidas, servicio de electricidad;, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: CASA Y SOLAR QUE ES O FUE DE LA SEÑORA YALIS CASTILLO, con 21,95 mts; SUR: CALLE EL POBLADO VIEJO, con 25,79 mts; ESTE: CALLE PRINCIPAL SAN JOSE DE CARUPANO, QUE ES SU FRENTE, con 11,55 mts; OESTE: CASA Y SOLAR QUE ES O FUE DE DORIS SILVA, con 8,80 mts. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
La Jueza Provisoria,

Abg. NEYRA JUANELLY HERRERA
La Secretaria Temporal,

Abg. DIANA CECILIA CESAR MOTOLONGO
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.

La Secretaria Temporal,

Abg. DIANA CECILIA CESAR MOTOLONGO

Sol. N°2604/NJH/DCCM/gcps.-