REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 08 de Julio de 2024
Años: 214º y 165º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos CECILIA MARQUEZ DE LEAL, venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-7.508.329, domiciliada en la calle 07, casa sin número, el chaparral, Municipio Cocorote del estado Yaracuy y RUBBERT EUSEBIO MARTIN HERRERA, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-7.906.214, domiciliado en la calle 10, cinco de julio, casa número 4-52, Municipio Cocorote del estado Yaracuy; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de las MISIONERAS DE LA CARIDAD DEL MUNICIPIO COCOROTE, registro de información fiscal J-00370734-1, representada por la ciudadana ALICIA RAMIREZ MORENO, extranjera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E-84.387.939, asistida por la abogada HELEN PUERTAS, inscrita en el Inpreabogado con el número N° 49.420; sobre unas bienhechurías en un área de terreno de tenencia MUNICIPAL, ubicado en la avenida N°7 o Sucre entre calle N° 04 o Negro Primero y calle N° 05 o la Iglesia, parcela sin número, sector caja de agua, municipio Cocorote del estado Yaracuy, que mide CIENTO SETENTA CON CUARENTA METROS CUADRADOS (170,40 M2), y un área de construcción de CINCUENTA Y DOS CON CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (52,47 M2), cuyas características constructivas son las siguientes: Mejoras con una Rampa doble de cemento la cual comunica con la terraza del hogar de cuidado, una puerta de metal, patio con jardín de grama con suelo central de cemento, cuatro bancos de cemento para sentarse, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: (11,50 m) Con sede de las Misioneras de la Caridad del Municipio Cocorote; SUR: (11,90 m) Con casa que es o fue de la familia Zabaleta; ESTE: (14,16 m) Con sede de las Misioneras de la Caridad del Municipio Cocorote; OESTE: (15,25 m) Con casa de las Misioneras de la Caridad del Municipio Cocorote. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
La Jueza Provisoria,
Abg. NEYRA JUANELLY HERRERA
La Secretaria Temporal,
Abg. DIANA CECILIA CESAR MOTOLONGO
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.
La Secretaria Temporal,
Abg. DIANA CECILIA CESAR MOTOLONGO
Sol. N°2609/NJH/DCCM/MP.-