REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARISTIDES BASTIDAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Guama: Miércoles, tres (03) de Julio de Dos Mil Veinticuatro (2024)
AÑOS: 214º y 165º
SOLICITANTE: El ciudadano EDIXON ROOSVELT MAMPOSO HERNÁNDEZ, venezolano, casado, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Nº V-12.728.896, debidamente asistido por la Abg. PAULA X. QUIROZ, quien está inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 74.396.
EXPEDIENTE NÚMERO: 1203/24
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO
I
La presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO fue recibida por distribución, con sus anexos respectivos, presentada por el ciudadano EDIXON ROOSVELT MAMPOSO HERNÁNDEZ, venezolano, casado, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Nº V-12.728.896, debidamente asistido por la Abg. PAULA X. QUIROZ, quien está inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 74.396, en el cual solicitó la Rectificación del Acta de Nacimiento asentada bajo el N° 435, Folio 224, del año 1.977, llevada por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, alegando que en la transcripción de la referida Acta, involuntariamente fueron obviados los siguientes datos: el segundo apellido de su padre y su número de cédula, y el segundo apellido de su madre, colocando en el caso del padre: “ANGEL VICTORIO MAMPOSO”, siendo lo correcto: “ANGEL VICTORIO MAMPOSO HERNANDEZ”, y en cuanto al número de Cédula de Identidad omitido, es el siguiente V-8.517.520; en el caso de la madre se colocó: “SILVIA ELENA HERNANDEZ”, siendo lo correcto: “SILVIA ELENA HERNANDEZ ESCORCHA”. A tales efectos, acompañó la presente solicitud con los siguientes anexos: copia certificada de su Acta de Nacimiento, emanada por la Oficina de Registro Civil del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy (folio 02 y su vuelto); copia fotostática de su cédula de identidad (folio 03); copia fotostática del Acta de Nacimiento de su padre: ANGEL VICTORIO MAMPOSO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad N° V-8.517.520, emanada por el Registro Civil de la Victoria de Acentejo (Tenerife), España (folio 04 y su vuelto); copia fotostática de la Cédula de Identidad de su padre (folio 05); copia certificada del Acta de Nacimiento de su madre: SILVIA ELENA HERNANDEZ ESCORCHA, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad N° V-3.457.173, emanada por la Oficina de Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Yaracuy (folio 06 y su vuelto); copia fotostática de la Cédula de Identidad de su madre (folio 07).
En fecha tres (03) de Junio de Dos Mil Veinticuatro (2024), se admitió la solicitud, y se ordenó la notificación al Fiscal Séptimo del Ministerio Público, librándose la respectiva Boleta de Notificación (folio 09).
En fecha diez (10) de Junio de Dos Mil Veinticuatro (2024), fue agregada la Boleta de Notificación al Fiscal Séptimo del Ministerio Público, la cual se encuentra debidamente firmada y fue consignada por el Alguacil de este Tribunal (folio 10 y su vuelto).
En fecha veinte (20) de Junio de Dos Mil Veinticuatro (2024), se recibió diligencia suscrita y presentada por la Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico del Estado Yaracuy, en donde expresa su opinión favorable a la presente solicitud (folio 11).
En fecha primero (01) de Julio de Dos Mil Veinticuatro (2024), riela auto emitido por este Tribunal, en el cual se da por terminado el lapso previsto en la Ley para que la representación fiscal del Ministerio Público emitiera lo que creyera conveniente respecto a la presente causa de Rectificación de Acta de Nacimiento, quedando la misma en estado de sentencia (folio 12).
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