REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 26 de Julio de 2024
AÑOS: 214º y 165º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos FRANCIS DANIELA NAVEA CHÁVEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.178.743, residenciada en el Sector el Lochal, Avenida Falcón, entre Calles 9 y 10, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, y REINALDO JOSÉ HEREDIA MONSERRAT, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.166.385, residenciado en la Calle principal del Dividive, San pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un terreno propiedad Privada, según se desprende de Documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Sucre, la Trinidad y Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, bajo el N° 41, Folios 275 al 279, Protocolo Primero, Tomo II, de fecha 25/04/2014, según Inspección Ocular 2024, emanada de la Alcaldía Bolivariana del Municipio La Trinidad, Dirección de Ingeniería y Catastro Municipal, Boraure, Estado Yaracuy, de fecha 17 de Junio 2024, el cual posee un área total de terreno de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS CON CERO CENTÍMETROS (200,00 Mts2), ubicado en la calle Nº 02, entre Avenidas 2 y 3, Lomas de San Valentín, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, dichas bienhechurías cuenta con un área total de construcción de CIENTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO CENTÍMETROS (118,78 Mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Parcela N° 019, con una longitud de (10mts). SUR: Calle Nº 02, con una longitud de (10mts). ESTE: Parcela N° 017, con una longitud de (20 mts), y OESTE: Calle Nº 02, con una longitud de (20 mts), se trata de una (1) casa, el cual tiene un valor aproximado de CINCUENTA MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (50.000,00 Bs), a favor de la ciudadana LEIDY CAROLINA PARRA SANTIAGO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-19.976.308, Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT