REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 05 de junio de 2024
Años: 214º y 165º
Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrito y presentado por el ciudadano JACOBO ANTONIO PÉREZ TORREALBA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-3.458.790, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio Erlen Martínez inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 102.392, sobre una bienhechuría ubicada en la avenida 11, entre calle 2 de la Peñita y calle 2 de San Antonio, de Chivacoa, municipio Bruzual del estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de SESENTA METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTÍMETROS (60,63M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Casa y solar que es o fue de Leidis Rodríguez, con una longitud de siete metros con noventa centímetros lineales (7.90 Ml); Sur: Avenida 11 su frente, con una longitud de siete metros con noventa centímetros lineales (7.90 Ml); Este: Casa y solar que es o fue de La Familia Crespo, con una longitud de once metros con veinte centímetros lineales (11.20 Ml) y Oeste: Casa y solar que es o fue de Jacobo Pérez, con una longitud de once metros con veinte centímetros lineales (11.20 Ml); construida sobre un lote de terreno municipal, emitido por la Dirección de Catastro del municipio Bruzual del estado Yaracuy, de fecha 15-04-2024, que mide OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y OCHO CENTIMETROS (88,48 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha veintidós (22) de mayo de 2024; y en fecha cinco (05) de junio de 2024, fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos ZAIDA COROMOTO YANEZ venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V- 7.454.126, domiciliada en Avenida 11, con Calle 2, La Peñita Chivacoa, municipio Bruzual del Estado Yaracuy y LUCILA PASTORA CRESPO venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V- 7.500.253, domiciliada en Avenida 11, con Calle 2 La Peñita Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor del ciudadano JACOBO ANTONIO PÉREZ TORREALBA, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los cinco (05) días del mes de junio del año dos mil veinticuatro (2024). Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria Temporal,
Abg. Iriesmar Parada Azuaje
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) se registró la anterior decisión.
La Secretaria Temporal,
Abg. Iriesmar Parada Azuaje
Abg. EGG/Ipa/juan.-
Sol: 5152-2024.