REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 4 de marzo de 2024
Años: 213º y 165º

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus recaudos anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, los ciudadanos YAJURE ARRAIZ LORENA JAKELINE, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-16.592.231, y domiciliada en la urbanización Manuel Cedeño, avenida 10, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y PINTO RUBEN MOISES, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-12.726.071, y domiciliado en el sector 3, El Rinconcito, Las Tapias, municipio San Felipe, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano RAIS IVANOSKY ETANISLAO, quién era venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V-4.966.242 y residía en las Tapias II, avenida 19 de abril, municipio San Felipe, estado Yaracuy; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde al ciudadano RAIS OROPEZA FRANCISCO ANTONIO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº V-20.891.226, asistido por la abogada ROJAS HENRIQUEZ CARMEN PASTORA, inscrita en el Inpreabogado con el N° 224.934. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse al solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.846-24 (de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal), y déjese copias certificadas en el archivo del Tribunal.
La Jueza Provisoria,

Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas.
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.