REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 25 de marzo de 2024.
Años: 213º y 165º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JAGCE DANIEL TOVAR SEIJAS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-3.260.643, domiciliado en el barrio de Peguaima, calles 20 y 21, esquina avenida 7, en la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y HICARO TOVAR SEIJAS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-3.910.658, domiciliado en la calle 11 entre avenidas Fermín calderón y avenida 1, sector Guatanquire de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos ISABEL CRISTINA OROPEZA ROJAS, OSWALDO JOSÉ OROPEZA ROJAS, CARLOS JOSÉ ROJAS y MARÍA MARGARITA ROJAS, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros. V-5.456.606, V-7.905.583, V-7.584.872 y V-8.513.351 respectivamente, en su condición de hijos de la causante EMILIA CRISTINA ROJAS GONZÁLEZ, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad y portaba la cédula de identidad Nº V-2.561.502, la cual falleció ab-intestato el veinticuatro (24) de febrero de 2021, según consta en el acta de defunción signada con el Nº 211, folio 210, emitida por ante el Registro Civil Electoral, de la Unidad Hospitalaria de Registro Civil del municipio San Felipe del Estado Yaracuy, en fecha 09 de marzo de 2021.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torreal