REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
SAN FELIPE, TREINTA (30) DE MAYO DE 2024
214° Y 165°

ASUNTO: UP11-L-2023-000074.-

DE LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS

Estando dentro del lapso procesal para el pronunciamiento respecto de la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes, este Tribunal a tenor de lo dispuesto en los artículos 69, 72 y 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo lo hace de la siguiente manera:

PARTE DEMANDANTE:

En cuanto, a las PRUEBAS DOCUMENTALES promovidas en los CAPITULOS I y II, referente a ratificación de las pruebas consignadas con el libelo de la demanda:
• Copia del Expediente Administrativo Nro. expediente 057-2022-01-00204, emitido por la Inspectoría del Trabajo Sede San Felipe del estado Yaracuy, marcada con la letra “A”, (folios 33 al 44 pieza Nº 01).
• Copia simple del estado de cuenta del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, del mes de noviembre de 2023, marcada con la letra “B”, (folios 89 - 90 pieza Nº 01).
• Copia simple de la referencia bancaria Nro. 086872165488, de la cuenta corriente bajo el Nro. 0102-0322-28-0103121929 de JOSE FRANCISCO PEÑALOZA ROJAS, marcada con la letra “C”, (folio 91, pieza Nº 01).
• Copia simple de la referencia bancaria Nro. 1, de la cuenta bancaria bajo el Nro. marcada con la letra “D”, (folio 92 de la P. Nº 01).
• Copia simple de la referencia bancaria Nro. 1, de la cuenta de ahorro bajo Nro. 0108-2466-41-1500000489 de ELIS ANTONIO ESCOBAR RODRIGUEZ, marcada con la letra “E”, (folio 93, pieza Nº 01).
• Copia simple del estado de cuenta corriente Nro. 0108-2466-41-1500000632 de LUIS BAUTE, marcada con la letra “F”, (folio 94, pieza Nº 01).

Este juzgado las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

En cuanto a la PRUEBA DE INFORMES promovida en el CAPITULO III, este Tribunal la ADMITE salvo su apreciación en la definitiva, ello por no resultar su promoción manifiestamente ilegal o impertinente en los términos de artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a cuyo efecto se ordena librar oficios a las siguientes Instituciones:

1.- INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY, ubicada en la Calle 15, esquina Avenida 10 del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, a los fines de que informe sobre los siguientes particulares:
a) Si en la Unidad de Tramites y Archivo de la Inspectoría del Trabajo sede San Felipe, se encuentran el expediente administrativo Nº 057-2022-01-00204, correspondiente a la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos y demás beneficios dejados de percibir, incoados por los trabajadores: JOSE FRANCISCO PEÑALOZA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.250.610; JAVIER ANTONIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.436.250 y LUIS ARGUILE BAUSTE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.337.364 y ELÍAS ANTONIO ESCOBAR RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.437.927.

b) Si la representación patronal acató el reenganche del trabajador JOSE FRANCISCO PEÑALOZA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.250.610; JAVIER ANTONIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.436.250 y LUIS ARGUILE BAUSTE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.337.364 y ELÍAS ANTONIO ESCOBAR RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.437.927., en fecha 20 de abril de 2023, mediante el acto de ejecución realizado dentro de las instalaciones de la empresa PROAGRO, C.A.

c) Si los trabajadores arriba indicados que solicitaron reenganche en el expediente mencionado, solicitaron conforme a lo establecido en el literal i del artículo 80 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, el retiro justificado.

d) Si existe una contratación colectiva homologada por esta Inspectoría entre la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA PROAGRO GRANJAS NIRGUA, C.A DEL ESTADO YARACUY (SINTREPGRANEY).
e) Si dicha contratación colectiva se discutió mediante expediente Nro. 057-2015-04-00018.

f) Remita copia de la contratación colectiva homologada en fecha 22 de julio de 2016.
Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.

2.- SALA DE NEGOCIACIÒN, CONCILIACIÒN Y ARBITRAJE DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO, ubicada en el Edificio Sur, Piso 5, Plaza Caracas del Distrito Capital, a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguiente:
a) Si ante dicha Sala de Negociación se realizaron reuniones con el objeto de restituir los beneficios contractuales adeudados por la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, entre los años 2017 al 2018.
b) Indique a este Tribunal si la organización sindical SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA PROAGRO GRANJAS NIRGUA, C.A DEL ESTADO YARACUY, (SINTREPGRANEY), participó en dichas reuniones de negociación.

c) Informe sobre las diligencias consignadas por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA PROAGRO GRANJAS NIRGUA, C.A DEL ESTADO YARACUY, (SINTREPGRANEY), en la mesa de negociación antes mencionada.

d) Indique los acuerdos homologados durante la mesa de negociaciones sobre los beneficios contractuales dejados de cancelar por la entidad de trabajo entre los años 2016, 2017 y 2018. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.

3.- INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, ubicado en la Avenida 4ta entre calles 32 y 31 del Municipio Independencia del estado Yaracuy, a los fines de que informe a este Tribunal lo siguiente:
a) Si la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, tiene cuenta con esta institución bajo el Nro. De Empleador Y20200014.
b) Si en dicha institución se encuentran inscritos como trabajadores de la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, los ciudadanos: JOSE FRANCISCO PEÑALOZA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.250.610; JAVIER ANTONIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.436.250 y LUIS ARGUILE BAUSTE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.337.364 y ELÍAS ANTONIO ESCOBAR RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.437.927.
c) Exponga las fechas de ingreso de los trabajadores antes mencionados. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.

4.- SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO DE VENEZUELA, (SUDEBAN), ubicada en Edificio Sede Gerencial La Castellana, avenida Francisco de Miranda, cruce con avenida principal La Castellana, Chacao, Municipio Chacao, Estado Miranda, a los fines de que oficie al:
a) BANCO DE VENEZUELA, S.A, BANCO UNIVERSAL, para que informe sobre los siguientes particulares:

1.- Si existen las cuentas bancarias Número 0102-0311-28-0103121929, perteneciente a JOSE FRANCISCO PEÑALOZA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.250.610.

2.- Si a dichas cuentas la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, con registro de información fiscal Nº J-00103686-5, le realizan pagos por motivo de pago de nómina.

3.- Remita informe de los pagos realizados por la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, con registro de información fiscal Nº J-00103686-5, por concepto de pago de nómina de los meses de septiembre 2022, octubre 2022, noviembre 2022, diciembre 2022, mayo 2023, junio 2023 y julio 2023.

4.- Si a dichas cuentas la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, con registro de información fiscal Nº J-00103686-5, le realizan pagos por motivo o descripción PAGO A PROVEEDORES RECIB CCE.

5.- Remita informe de los pagos recibidos por las cuentas bancarias Número 0102-0311-28-0103121929, perteneciente a JOSE FRANCISCO PEÑALOZA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.250.610; que aparecen con los conceptos de PAGO A PROVEEDORES RECIB CCE, de los meses de septiembre 2022, octubre 2022, noviembre 2022, diciembre 2022, mayo 2023, junio 2023 y julio 2023. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.

b) BANCO PROVINCIAL, para que informe sobre los siguientes particulares:

1) Si existe la cuenta bancaria Número 0108-2466-43-1500000152, perteneciente a JAVIER ANTONIO PEREZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.436.250; Número 0108-2466-41-1500000489, perteneciente a ELIS ANTONIO ESCOBAR RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.437.927 y Número 0108-2466-41-1500000632 de LUIS BAUSTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.337.364

2.- Si a dicha cuenta la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, con registro de información fiscal Nº J-00103686-5, le realiza pagos con la descripción ABO SIE-NOM.

3.- Remita informe de los pagos realizados por la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, con registro de información fiscal Nº J-00103686-5, por concepto de pago de nómina de los meses de septiembre 2022, octubre 2022, noviembre 2022, diciembre 2022, mayo 2023, junio 2023 y julio 2023.

4.- Si a dichas cuentas la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, con registro de información fiscal Nº J-00103686-5, le realiza pagos por motivo o descripción PPR/REC0134 J312867043.

5.- Remita informe de los pagos recibidos por las cuenta bancaria Número 0108-2466-43-1500000152, perteneciente a JAVIER ANTONIO PEREZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.436.250; Número 0108-2466-41-1500000489, perteneciente a ELIS ANTONIO ESCOBAR RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.437.927 y Número 0108-2466-41-1500000632 de LUIS BAUSTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.337.364, que aparecen con los conceptos o descripción ABO SIE-NOM, de los meses de septiembre 2022, octubre 2022, noviembre 2022, diciembre 2022, mayo 2023, junio 2023 y julio 2023.

6.- Remita informe de los pagos recibidos por las cuentas bancarias Número 0108-2466-43-1500000152, perteneciente a JAVIER ANTONIO PEREZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.436.250; Número 0108-2466-41-1500000489, perteneciente a ELIS ANTONIO ESCOBAR RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.437.927 y Número 0108-2466-41-1500000632 de LUIS BAUSTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.337.364, que aparecen con los conceptos o descripción PPR/REC0134 J312867043, de los meses de septiembre 2022, octubre 2022, noviembre 2022, diciembre 2022, mayo 2023, junio 2023 y julio 2023. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.

5. - TODOTICKET 2004, C.A, RIF J-31286704-3, ubicada en su dirección principal Bello Monte, Avenida Venezuela, Torre América, Piso 9, oficina 916, o en su dirección fiscal Avenida El Recreo, Torre América, Piso 9, oficina 914 al 917, Sabana Grande, Caracas Distrito Capital, a los fines de que informe sobre los siguientes particulares:

1.- Si tiene un contrato de servicios con la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, con registro de información fiscal Nº J-00103686-5.

2.- Informe si la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, con registro de información fiscal Nº J-00103686-5, ordena pagos a los ciudadanos: JOSE FRANCISCO PEÑALOZA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.250.610; JAVIER ANTONIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.436.250 y LUIS ARGUILE BAUSTE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.337.364 y ELÍAS ANTONIO ESCOBAR RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.437.927, por motivo del contrato suscrito entre esta empresa y la entidad de trabajo mencionada.

3.-. Informe sobre los pagos realizados a los ciudadanos: JOSE FRANCISCO PEÑALOZA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.250.610; JAVIER ANTONIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.436.250 y LUIS ARGUILE BAUSTE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.337.364 y ELÍAS ANTONIO ESCOBAR RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.437.927, en los meses de septiembre 2022, octubre 2022, noviembre 2022, diciembre 2022, mayo 2023, junio 2023 y julio 2023. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.

PARTE DEMANDADA:

En cuanto al Principio Procesal de Comunidad de la Prueba promovido en el CAPITULO I, este tribunal no lo ADMITE, por cuanto el mismo no constituye medio de prueba.

Con relación a las PRUEBAS DOCUMENTALES promovidas en el CAPITULO II, referentes a:
• Recibos de pago de salario sin firmar, emitidos por el sistema nómina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador JOSE FRANCISCO PEÑALOZA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.250.610, del de noviembre del año 2022, marcados con la letra “B1”, (folios 104 al 106, pieza Nº 01).

• Recibos de pago de salario sin firmar, emitidos por el sistema nómina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador JAVIER ANTONIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.436.250, de los meses de noviembre y diciembre del año 2022, marcados con la letra “B2”, (folios 107 al 109, pieza Nº 01).

• Recibos de pago de salario sin firmar, emitidos por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador LUIS ARGUILE BAUSTE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.337.364, de los meses de noviembre y diciembre del año 2022, marcados con la letra “B3”, (folios 110 al 112, pieza Nº 01).

• Recibos de pago de salario sin firmar, emitidos por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador ELIS ANTONIO ESCOBAR RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.437.927, de los meses de noviembre y diciembre del año 2022, marcados con la letra “B4”, (folios 113 al 115, pieza Nº 01).

• Recibo de pago de salarios caídos y ajustes cesta tickets (Bono de Alimentación) emitido por el sistema nómina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador JOSE FRANCISCO PEÑALOZA ROJAS, supra identificado, desde la semana 14 de fecha 21 de noviembre de 2022 hasta la semana 35 de fecha 17 de abril de 2023, sin firmar, marcado con la letra “C1”, (folios 116 - 117, pieza Nº 01).

• Recibo de pago de salarios caídos y ajustes cesta tickets (Bono de Alimentación) emitido por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador JAVIER ANTONIO PEREZ, supra identificado, desde la semana la semana 14 de fecha 21 de noviembre de 2022 hasta la semana 35 de fecha 17 de abril de 2023, sin firmar, marcado con la letra “C2”, (folios 118 - 119, pieza Nº 01).

• Recibo de pago de salarios caídos y ajustes cesta tickets (Bono de Alimentación) emitido por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador LUIS ARGUILE BAUSTE HERNANDEZ, supra identificado, desde la semana la semana 14 de fecha 21 de noviembre de 2022 hasta la semana 35 de fecha 17 de abril de 2023, sin firmar, marcado con la letra “C3”, (folios 120 - 121, pieza Nº 01).

• Recibo de pago de salarios caídos y ajustes cesta tickets (Bono de Alimentación) emitido por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador VICTOR JAVIER LINARES FERNANDEZ, supra identificado, desde la semana la semana 14 de fecha 21 de noviembre de 2022 hasta la semana 44 de fecha 19 de junio de 2023, sin firmar, marcado con la letra “C4”, (folios 122 - 123, pieza Nº 01).

• Copias fotostáticas del expediente Nro. 057-2022-01-000204, correspondiente al procedimiento de solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesto por JOSE FRANCISCO PEÑALOZA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.250.610; JAVIER ANTONIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.436.250 y LUIS ARGUILE BAUSTE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.337.364 y ELÍAS ANTONIO ESCOBAR RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.437.927, en contra de GRANJAS NIRGUA PROAGRO, por ante la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy, marcado con la letra “D” (Folios 124 – 137 de la pieza Nº 01).

• Copia simple de acta convenio, marcada con la letra “E”, (folios 138 - 139, pieza Nº 01).
• Copia simple de acta convenio, marcada con la letra “F”, (folios 140 al 142, pieza Nº 01).
• Copia simple de acta convenio, marcada con la letra “G”, (folios 143 y 144, pieza Nº 01).
• Copia simple de acta convenio, marcada con la letra “H”, (folio 145, pieza Nº 01).
• Copia simple de acta convenio, marcada “I”, (folio 146, pieza Nº 01).
• Copia simple de acta convenio, marcada “J”, (folio 147, pieza Nº 01).
• Copia simple de acta convenio, marcada con la letra “K”, (folios 148, 149 y 150, pieza Nº 01).
• Copia fotostática de Medida Asegurativa de Producción Agroalimentaria, otorgada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Agraria del Estado Yaracuy, de fecha 06 de febrero de 2023, marcada con la letra “L”, (folios 151 al 165, pieza Nº 01).

Declaraciones de Impuesto Sobre la Renta (ISLR) correspondientes a los períodos 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 de PROAGRO, C:A. marcadas con la letra “M”, (folios 166 al 197, pieza Nº 01).

Este juzgado las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar la misma manifiestamente ilegal ni impertinente, en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Con referencia a la RATIFICACIÓN DE DOCUMENTO Y FIRMA (PRUEBA TESTIMONIAL), promovida en el CAPITULO III, de la ciudadana: YOLANDA OSORIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.075.421, dirección: Av. Monseñor Adams del Viñedo, frente al restaurante Charlotte, Valencia, estado Carabobo, y a los miembros del Sindicato de Trabajadores de la empresa PROAGRO, Granjas Nirgua, C.A, los ciudadanos: HUMBERTO AROCHA, titular de la cedula de identidad Nº V-14.997.106, Cargo: Secretario General, CARLOS RUMBOS, titular de la cedula de identidad Nº V-12.752.901, Cargo: Secretario de Reclamo, FREDDY SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-11.271.497, ALBERTO EMILIO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-10.369.124, Cargo: Secretario de Actas y Correspondencia, JOSE PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-8.511.992, Cargo: Secretario de Cultura y Propaganda, CARLOS OZUNA, titular de la cedula de identidad Nº V-15.250.540, Cargo: Secretario de Deporte, JOSE DIAZ, titular de la cedula de identidad Nº V-6.717.536, Cargo: Segundo Vocal, y PEDRO CONTRERAS, titular de la cedula de identidad Nº V-15.455.874, para que ratifiquen documento y firma sobre informes marcados con las letras E, F, G, H, I, J y K, este tribunal la ADMITE, por lo que se fija la oportunidad de su evacuación en el día y hora de la audiencia de juicio.

En cuanto a la PRUEBA DE INFORMES, este Tribunal la ADMITE salvo su apreciación en la definitiva, ello por no resultar su promoción manifiestamente ilegal o impertinente en los términos de artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a cuyo efecto se ordena librar oficios a las siguientes Instituciones:

1.- FEDERACIÒN NACIONAL DE AVICULTURA DE VENEZUELA (FENAVI), a nombre de Francisco Tagliapietra – Delegado Titular, RIF J-00096718-0, dirección: Avenida Casanova; C.C El Recreo, Torre Sur (Movilnet); Piso 10, Oficina 10-03, Sabana Grande; 1050, Caracas Venezuela, AP-40057, Teléfono +58 (212)761.74.89, Fax: +58 (212) 761.88. 43, Celular: +58 (414)121.06.40, Correo: fenavi@gmail.com www.fenavi.org.ve a los fines de que:
a) Informe al Tribunal que para el periodo correspondiente a los años 2017-2018, el sector avícola en Venezuela había decaído en gran medida, de lo cual no se escapó PROAGRO, y debido a ello la baja producción y la necesidad de modificar la Convención Colectiva a través de las Actas Convenio que permitió que PROAGRO diera cumplimiento a todo lo señalado.
b) Indique la relación de la producción avícola nacional correspondiente a los años 2017 al 2019. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.

2.-MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DEL TRABAJO, Dirección General de Participación en el Proceso Social del Trabajo y Relaciones Laborales a nombre de ERIKA DEL CARMEN MARTINEZ PALACIOS, ubicada en Piso 4 y 5, Torre Sur, Centro Simón Bolívar, Avenida Oeste 8, Caracas 1010.Distrito Capital, a los fines de que informe al tribunal lo siguiente:
a) Si consta en sus archivos actas suscritas en ocasión a mesas de diálogo realizadas entre la entidad de trabajo PROAGRO, C.A y la representación de los trabajadores en el período correspondiente del año 2017 al año 2020.
b) Si el objeto de dichas reuniones era la revisión de la situación dentro de los centros de trabajo que habían perdido operatividad y producción, caso en el que se encontraba Granjas e Incubadora Nirgua.
c) Que valide si se suscribieron actas por parte de la entidad de trabajo PROAGRO C.A., y la organización sindical, remitiendo copias certificadas de las mismas. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.

3.- SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO DE VENEZUELA, (SUDEBAN), ubicada en la Urbanización La Carlota, Avenida Francisco de Miranda, Caracas 1071, Miranda, a los fines de que oficie al BANCO DE VENEZUELA, para que:
a) Informe a este Tribunal si el ciudadano JOSE FRANCISCO PEÑALOZA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.250.610, tiene cuenta nómina de la sociedad mercantil PROAGRO, C.A, inscrita en el Registro de información Fiscal Nro. J-00103686-5, en la entidad bancaria BANCO DE VENEZUELA S.A y que provea constancia de los pagos realizados por PROAGRO, C.A, al mes de diciembre del año 2018, mes de febrero del año 2019, mes de noviembre de 2022 y mes de mayo 2023.
b) Informe a este Tribunal si el ciudadano JAVIER ANTONIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.436.250, tiene cuenta nomina de la sociedad mercantil PROAGRO, C.A, inscrita en el Registro de información Fiscal Nro. J-00103686-5, en la entidad bancaria BANCO PROVINCIAL S.A y que provea constancia de los pagos realizados por PROAGRO, C.A, correspondientes al mes de diciembre del año 2018, mes de febrero del año 2019, mes de noviembre del año 2022 y mes de mayo del año 2023.
c) Informe a este Tribunal si el ciudadano LUIS ARGUILE BAUSTE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.337.364, tiene cuenta nómina de la sociedad mercantil PROAGRO, C.A, inscrita en el Registro de información Fiscal Nro. J-00103686-5, en la entidad bancaria BANCO PROVINCIAL S.A y que provea constancia de los pagos realizados por PROAGRO, C.A, correspondientes al mes de diciembre del año 2018, mes de febrero del año 2019, mes de noviembre del 2022 y mes de mayo del año 2023.
d) Informe a este Tribunal si el ciudadano ELIS ANTONIO ESCOBAR RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.437.927, tiene cuenta nomina de la sociedad mercantil PROAGRO, C.A, inscrita en el Registro de información Fiscal Nro. J-00103686-5, en la entidad bancaria BANCO PROVINCIAL S.A y que provea constancia de los pagos realizados por PROAGRO, C.A, correspondientes al mes de diciembre del año 2018, mes de febrero del año 2019, mes de noviembre del 2022 y mes de mayo del año 2023. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.

4.- SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÒN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), ubicada en Avenida Paseo Cabriales, Torre SENIAT, Valencia estado Carabobo, a los fines de que informe a este Tribunal lo siguiente:

a) Indique los montos declarados de utilidad o pérdida en el ejercicio fiscal correspondiente a los períodos contables de los años: 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023.
b) Remita las declaraciones de Impuesto Sobre La Renta períodos fiscales de los años: 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.

Con respecto a la PRUEBA TESTIMONIAL promovida en el CAPITULO V, la testimonial de los ciudadanos: EDGAR JOSE OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.516.404, domiciliado en la calle 6 con avenida 18 Flor del Encanto, Municipio Nirgua. Estado Yaracuy, teléfono: (0426) 359194 y la ciudadana: ROSA AMELIA GOMEZ DE PALENCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.921.731, domiciliada en Sector 2, La Trinidad, Casa 73-22, Parroquia Salom, Municipio Nirgua, Estado Yaracuy, teléfono: (0424) 4596733, este tribunal la ADMITE, por lo que se fija la oportunidad de su evacuación en el día y hora de la audiencia de juicio.

La Jueza,

Abg. ANNIELY ELIAS CORONA
El Secretario,

Abg. PABLO VELASQUEZ







AEC/PV/ya
PIEZA Nº 02
UP11-L-2023-000074.-