REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 16 de mayo de 2024
Años: 214º y 165º

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus recaudos anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentadas por la parte interesada, los ciudadanos ALEJOS PEÑA HERMES DIONISIO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-7.513.879 y domiciliado en la urbanización la calle 15, numero 14-21, entre avenidas 14 y 15, sector Caja de Agua, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y ALVAREZ LEIDA JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-8.843.304 y domiciliada en la urbanización Las Acequias, calle 18, casa N° 34, sector Casas de Madera, municipio Cocorote, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano VICTOR SEQUERA OCHOA, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V- 336.544, y residía en urbanización Las Acequias, calle 18, casa N° 32, municipio Cocorote, Estado Yaracuy, suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos SEQUERA LINARES ANTONIETA DEL CARMEN y SEQUERA LINARES VÍCTOR DAVID, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de la cédula de identidad Nº V-8.514.623 y V- 7.915.040 respectivamente, asistida la solicitante, antes mencionada e identificada, por el abogado LUCENA GUTIÉRREZ JOSÉ LUIS, inscrito en el Inpreabogado con el N° 247.077. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a la solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.875-24 (de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal), y déjese copias certificadas en el archivo del Tribunal.
La Jueza Provisoria,

Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.