REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 27 de mayo de 2024
Años: 214º y 165º

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus recaudos anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentadas por la parte interesada, los ciudadanos GONZÁLEZ ROJAS LUIS ALBERTO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-4.476.779 y domiciliado en la avenida 6 con calles 19 y 20, casa N° 19-16 del municipio San Felipe, estado Yaracuy, y BURGOS DE GONZÁLEZ ZAZARIDA JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-5.817.425 y domiciliada la avenida 6 con calles 19 y 20, casa N° 19-16 del municipio San Felipe, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano RIVERO SÁNCHEZ WILKAR JOSUE, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V-14.798.193 y residía en el sector Brisas del stadium, calle 3 con callejón 2, casa número 21, municipio Independencia, estado Yaracuy, suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a la ciudadana SÁNCHEZ DE GIMÉNEZ CARMEN GREGORIA venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V-7.581.516, y al ciudadano RIVERO LOZADA WILMER ALFREDO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V-5.207.599, asistida la solicitante, antes mencionada e identificada, por el abogado OJEDA MENDEZ AMILKAR ANTONIO, inscrito en el Inpreabogado con el N° 130.262. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a la solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.881-24 (de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal), y déjese copias certificadas en el archivo del Tribunal.
La Jueza Provisoria,


Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,


Abg. Mayairy Y. Rangel O.


En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas.
La Secretaria,


Abg. Mayairy Y. Rangel O.